Declaración 14-2005

DECLARACIÓN N° 14

VISTO
El Expediente N° 2005-00129-8, por el cual los Concejales Francese Silvana y Ronco Javier, solicitan adhesión al proyecto de Ley presentado en la Cámara de Diputados  de la Provincia referido a los subsidios económicos que efectúa el Estado Provincial, y

CONSIDERANDO
Que la Cámara de Diputados de la Provincia de Mendoza ha dado media sanción al Proyecto de Ley sobre los subsidios que entrega el Poder Ejecutivo y sus organismos descentralizados a Espectáculos Culturales se contemple que por lo menos el 50 % sea para la contratación de artistas mendocinos.
Que esta Ley les brindará una oportunidad a los artistas de la Provincia para poder participar en mayor cantidad en los espectáculos que brinde la Provincia, ayudando a que se puedan perfeccionar y afianzar en sus carreras.
Que la Cultura es un pilar fundamental de la identidad de un pueblo y si sus hacedores tienen los medios económicos para sus perfeccionamientos.
Que el Ejecutivo Provincial gasta una suma muy importante en espectáculos artísticos y la presencia de artistas de la provincia es casi nula.

POR ELLO
El Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades:

DECLARA

Artículo 1°: Este Concejo Deliberante vería con agrado se le dé sanción favorable al Proyecto de Ley mediante el cual se dispone que todo subsidio económico que efectúe el Estado Provincial y sus organismos descentralizados destinados a Cultura, deberán  afectar por lo menos el 50% al pago de artistas locales.

Artículo 2°: Envíese copia de la presente Declaración al resto de los Concejos Deliberantes de la Provincia y a la Cámara de Diputados, a sus efectos.

Artículo 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, dése al Registro Municipal e insértese en el Libro de Declaraciones de este Cuerpo.

Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina, del Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 16 días del mes de mayo de 2005.

RUBÉN DARÍO GRANDO FLORINDA SEOANE
SECRETARIO C.D. PRESIDENTA C.D.

Cpde. Expte. Nº 2005-00129-8 C.D.

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