Declaración 49-2004

DECLARACION Nº 49

VISTO
El Expediente N° 2004-00333-7 por el cual el H.C.D. de Malargüe remite Copia de la Resolución N°132/04 y su acumulado N° 2004-00407-9 caratulado H.C.D. de Lavalle remite Proyecto de Declaración N° 351/04 referida a la Adhesión al Proyecto de Ley de inclusión jubilatoria N°1619-D-2004, y

CONSIDERANDO
Que el Concejo Deliberante de Malargüe remitió a este Cuerpo la Resolución citada ut supra adhiriendo al proyecto de Ley presentado por los Diputados Nacionales Morales; L’Huillier; Pérez; Artola; Poggi; Léeme y Rodriguez Sáa.
Que también el Concejo Deliberante de Lavalle se expidió al respecto, mediante Declaración N° 351/04, con reservas al proyecto original. En tal sentido, este Concejo Deliberante entiende el espíritu del proyecto de Ley mencionado, por el cual posibilitaría a gran número de argentinos  acceder a un beneficio jubilatorio del cual actualmente se encuentran excluidos.
Que, la franja de ciudadanos que padecen estos problemas son aquellas personas que por su mayor edad de (50 a 65 años)  han sido excluidos paulatinamente del mercado laboral, como consecuencia de la grave crisis económica y desempleo de nuestro país.
Que, si bien efectuaron oportunamente sus aportes, el sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones les exige que para acceder a tales beneficios deben reunir además del requisito de la edad, el tiempo de servicio de los últimos 30 años.
Que, en virtud de ello, aquella persona incluida en esa franja que viene sufriendo el desempleo, o peor aún, el empleo informal, tiene vedado el acceso al sistema generando un mayor aporte del Estado en términos de pensiones no contributivas.
Que más allá de ello, y de compartir en general el proyecto en cuestión, entendemos que lo establecido en su artículo 4°, referido a la exención total de las contribuciones patronales para incentivar la toma de mano de obra de estas personas, produciría en un futuro no muy lejano un desfinanciamiento del sistema en desmedro de las generaciones más jóvenes.
Que, compartimos en tal sentido lo Declarado por el Concejo Deliberante de Lavalle. Es decir, creemos oportuno una revisión del artículo 19 de la Ley N° 24.241, referido a la edad jubilatoria, teniendo en cuenta los factores del promedio de vida, las condiciones de la sociedad, la economía y sobre todo las exigencias del mercado laboral y la real vida activa de las personas.

POR ELLO
El Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza y en uso de sus facultades:

DECLARA

Artículo 1°: El Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, adhiere a la Resolución N° 132/04 del Honorable Concejo Deliberante de Malargüe y a la Declaración N° 351/04 del Honorable Concejo Deliberante de Lavalle por las cuales adhieren al Proyecto de Ley de Inclusión Jubilatoria, presentado por  Expediente N° 1619-D-2004 en la Cámara de Diputados del Congreso Nacional.

Artículo 2°: Obsévese el Artículo N° 4° del Proyecto de Ley de Inclusión Jubilatoria de conformidad con los fundamentos expuestos en los considerandos.

Artículo 3°: Solicitar a la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, incluya en el mencionado Proyecto la revisión del promedio de vida, ajustándolo a las condiciones actuales de vida, exigencias del mercado laboral y condiciones de la economía Argentina.

Artículo 4°: Remitítase copia de la presente al la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, al Honorable Concejo Deliberante de Malargüe y al Honorable Concejo Deliberante de Lavalle.

Artículo 5°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Municipal e insértese en el Libro de Declaraciones de este Cuerpo.

Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina, del Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 27 días del mes de setiembre de 2004.

RUBÉN DARÍO GRANDO FLORINDA SEOANE
A/C SECRETARÍA C.D. PRESIDENTA C.D.

Cpde. Expte. Nº 2004-00333-7 C.D.

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