Resolución31-2017

RESOLUCION Nº 31-17

VISTO:
Que la vitivinicultura viene sufriendo en los últimos años una profunda crisis económica debido a distintos factores, entre ellos, los excedentes en las existencias; y

CONSIDERANDO:
Que si bien muchos de los factores subsisten, a partir de la cosecha 2016, que constituyó la cosecha más baja de los últimos 50 años, se logró bajar las existencias a un stock técnico de alrededor de seis meses de despacho, situación que permitió mejorar los precios, tanto del vino de traslado como el de la uva.
Que en años anteriores los gobiernos Nacional y Provincial, realizaron distintos operativos, que no lograron los objetivos de tener un stock técnico adecuado (operativo de compra de vinos, uvas, entre otros).
Que si bien los gobiernos contaban con herramientas fundamentales como el Acuerdo Mendoza-San Juan, no lograron tampoco el objetivo mencionado, debido a la mala implementación realizada por el Fondo Vitivinícola de Mendoza, que a lo largo de los años incumplió con el Acuerdo y, a través de las compensaciones creadas por este organismo, se dejaron de elaborar más de Mil Ciento Veintitrés Millones (1.123.000.000) de litros de mosto sulfitado.
Que, ahora bien, cuando la naturaleza logra el equilibrio, aparecen distintas bodegas que, a pesar de contar con un stock técnico adecuado, realizan importaciones de vinos por más de Sesenta Millones (60.000.000) de litros, perjudicando a todos los productores y a nuestra vitivinicultura, haciendo inútiles todos los esfuerzos realizados por los productores y el gobierno.
Que el 13 de abril de 2016 la Honorable Cámara de Diputados de Mendoza, aprobó la Resolución Nº 1083, que en su artículo 1º establece: “que vería con agrado que el Ministerio de Economía, Infraestructura y Energía, en conjunto con los organismos competentes, realicen las acciones necesarias para controlar y proteger a las producciones locales que se ven perjudicadas por aquellas importaciones que compiten directamente y afectan gravemente a las economías regionales.”
Que, sin embargo, la importación es justificada por el Fondo Vitivinícola Mendoza (F.V.M.), alegando que la misma se debe a la falta de vino disponible en el medio, lo que desde ya resulta inaceptable.
Que la falsedad de lo sostenido por la Entidad quedó al descubierto cuando el Instituto Nacional de Vitivinicultura (I.N.V.) determinó y publicó el viernes 12 de mayo del corriente, a través de manifestaciones de su Presidente, Ing. Carlos Tizio, que al 1º de junio de 2017 existe un stock técnico 5,6 meses en todo el País; y en Mendoza de 5,4 meses de despacho de vinos de color y 8,3 meses de despacho de vinos blancos.
Que en este sentido, se destaca que el propio Tratado Mendoza – San Juan, ratificado por Ley Nº 6.216, en su artículo 13º determina como conveniente la existencia de 4 meses de despacho como stock técnico, lo que hace aún más evidente que no era necesaria la importación de vinos.
Que todos sabemos la concentración existente en el mercado interno de vinos, donde cuatro bodegas acuerdan precios viles y largos plazos, en detrimento del esfuerzo de los productores.
Que la importación se realiza con el propósito de instaurar una expectativa de excedentes y hacer caer el precio del vino de traslado y de la uva.
Que el Gobierno Provincial, si bien aumentó las cargas impositivas a los vinos importados, no logró detener su ingreso y la importación superó los Sesenta Millones de litros de vino tinto de distintos países.
Que, igualmente, se observa que el esfuerzo que realiza el Gobierno Provincial y sus Instituciones, mediante beneficios impositivos o programas que promuevan la actividad vitivinícola, favorece a los mismos actores que la afectan gravemente en la economía provincial.
Que dada la importancia en el Producto Bruto Geográfico (PBG) de Mendoza del precio del vino, y la espuria intención de algunos establecimientos de importar para incidir negativamente en los precios, se concluye que no es posible que estas empresas, que actúan en contra de los productores, de la vitivinicultura y del accionar del gobierno, continúen recibiendo beneficios por parte del estado provincial.

POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades:

RESUELVE

Artículo 1º: Declárese de interés socio económico del Departamento de Rivadavia, la Resolución Nº 325/17 de la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Mendoza.

Artículo 2º: Solicítese al Poder Ejecutivo Provincial que, considerando lo establecido en el Artículo 13º del Tratado Mendoza-San Juan, ratificado por Ley 6.216, se abstenga de otorgar cualquier beneficio impositivo o inclusión en Programas Especiales a las Bodegas o Instituciones que importen vino a granel o fraccionado, cuando el stock técnico de vinos determinado por el Instituto Nacional de Vitivinicultura, supere los cuatro meses de promedio de despacho en el País.

Artículo 3º: Solicítese al Instituto Nacional de Vitivinicultura que mensualmente determine, informe al Gobierno Provincial, y publique los datos de stock técnicos en existencia del País, debiendo incluir los vinos varietales en la existencia total.

Artículo 4º: Notifíquese la presente Resolución a la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Mendoza, al Ministerio de Economía, Infraestructura y Energía de la Provincia de Mendoza y al Instituto Nacional de Vitivinicultura.

Artículo 5º: Invítese a las Honorables Legislaturas de todas las Provincias Vitivinícolas del País a adherir a la presente Resolución.

Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Resoluciones  de este Cuerpo.

Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina”, del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 31 días del mes de octubre de 2017.

Lic. BRUNO AMBROSINI LUCIO GUTIERREZ
SECRETARIO H.C.D. PRESIDENTE H.C.D.

Cpde. Expte. Nº 2017-00269-8 H.C.D.

Compartir publicación: