
VISTO:
El Expediente Nº 2019-00168-0, caratulado: Bloque Unión Cívica Radical, Concejales. Gutiérrez- Gil, presentan proyecto de Ordenanza: “Iluminación de la acera en ambos lados, frente a establecimientos educativos”, y
CONSIDERANDO:
La necesidad de resguardar la vida de los alumnos, que asisten a establecimientos educativos y que se encuentran ubicados sobre rutas de parmente circulación.
Que se entiende que educar es también reconocer que una buena calidad de este proceso no depende solamente de lo que sucede dentro de las cuatro paredes de un aula.
Que la educación es el proceso de facilitar el aprendizaje o la adquisición de conocimientos, habilidades, valores, creencias y hábitos de un grupo de personas que los transfieren a otra.
Que el Estado, a través de sus gobernantes, deben priorizar la educación y contribuir para que la buena calidad educativa se logre con éxito.
Que el alumbrado público, es el servicio público que consiste en la iluminación de las vías públicas, parques y espacios de libre circulación con el objetivo de proporcionar la visibilidad adecuada para el normal desarrollo de las actividades de todos los Ciudadanos.
Que la mayoría del alumbrado de las arterias que conectan los distritos, tienen instaladas luminarias con lámparas de sodio, siendo las mismas de una eficacia media, para el alumbrado de las rutas.
Que en nuestro Departamento tenemos distribuidos edificios educativos en zonas rurales, sobre rutas de mayor circulación de habitantes.
Que es importante destacar que la iluminación es fundamental para garantizar la seguridad de todos los ciudadanos.
Que actualmente en los frentes de los edificios educativos existe escasez de luz en la mayoría de las calles en los que están ubicados los mismos, convirtiéndose en lugares de siniestros sin iluminación, por causa de la existencia de vegetación, grandes árboles, o porque los focos no son demasiados potentes.
Que el consumo energético en estos meses es importante, recompensando cuando llega el verano regulando el horario debido a que hay más horas de luz y se necesita menos iluminación.
Que la iluminación de la vía pública es ante todo un tema de seguridad, lo cual amerita que como Estado debemos velar por la vida de los alumnos y de toda la comunidad educativa en general de nuestro Departamento y también de todos los ciudadanos que transitan en los horarios de ingreso/egreso de las actividades escolares.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, en uso de sus facultades:
ORDENA
Artículo 1°: Reforzar la iluminación, e instalar en los lugares donde hiciera falta por lo menos 50 metros de ambos lados de la acerca, donde se encuentren los establecimientos educativos ubicados en rutas y/o calles que conectan los distritos de nuestro Departamento.
Artículo 2°: Que el Departamento Ejecutivo Municipal, a través de la oficina de Electrotecnia arbitre el relevamiento y en conjunto con los organismos, la pronta implementación correspondientes para que se lleve a cabo dicha obra.
Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina”, del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 06 días del mes de agosto de 2019.
MARÍA INÉS DALLAGO MAURICIO DI CÉSARE
SECRETARIA H. C .D. PRESIDENTE H. C. D.
Cpde. Expte. Nº 2019-00168-0 H.C.D.
