Ordenanza 4218-2005

ORDENANZA N° 4.218

VISTO
El Expediente Municipal N° 2005-09336-0 caratulado “Jefe de Liquidaciones eleva pago 20 % de la antigüedad”, y

CONSIDERANDO
Que de acuerdo con lo expresado en Acta Paritaria N° 1, en su punto N° 3 se estableció que a partir del mes de julio del corriente año se acordarían los plazos y montos para créditos laborales del Personal en el concepto de intereses sobre el adicional de antigüedad.
Que en cumplimiento de lo expresado precedentemente, el día 22 de julio se formalizó la reunión paritaria, en donde se determinaron los montos y plazos.
Que a los fines de proceder a efectivizar este pago, se requiere la autorización por parte del Concejo Deliberante, para los traspasos de partidas necesarios en virtud de que en la elaboración del Presupuesto de Gastos para el Ejercicio Financiero 2005, este concepto no fue contemplado.

POR ELLO
El Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza y en uso de sus facultades:

ORDENA

Artículo 1°: Ratifícase el Acta Paritaria N° 2, suscripta entre el Sindicato de Obreros y Empleados Municipales de Rivadavia y el Departamento Ejecutivo, obrante a fojas 12 del Expediente Municipal N° 2005-09336-0.

Artículo 2°: Autorízase al Departamento Ejecutivo a realizar las adecuaciones presupuestarias necesarias a fin de efectivizar el pago acordado en Paritarias Municipales.

Artículo 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, dése al Registro Municipal, publíquese e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.

Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina, del Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 08 días del mes de agosto de 2005.

RUBÉN DARÍO GRANDO FLORINDA SEOANE
SECRETARIO C.D. PRESIDENTA C.D.

Cpde. Expte. Nº 2005-09336-0-J D.E.
Cpde. Exp. N° 2005-00237-9 H.C.D.

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