
RESOLUCIÓN N° 47
VISTO
El Expediente N°2007-00111-4, caratulado Concejales de Rivadavia, presentan proyecto de Resolución, preocupación por eventual adjudicación a las Empresas El Rápido y Nueva Generación, y
CONSIDERANDO:
La reciente Licitación del Transporte Público de Pasajeros.
Que al momento de abrir los pliegos se presentaron dos oferentes, siendo éstos, quienes en la actualidad explotan los grupos 250 y 260, El Rápido y Nueva Generación, empresas que pertenecen a Emilio Corsino.
Que tales empresas prestan servicios desde hace 16 años en la Zona Este, tiempo en el que fueron desmejorando la prestación del servicio público de transporte, mediante el uso de unidades en mal estado de conservación e higiene, incumpliendo las frecuencias y horarios, y causando serios inconvenientes al Municipio de Rivadavia en materia de contaminación ambiental, al poseer sus talleres en malas condiciones, produciendo ruidos molestos y generando importantes pérdidas de gas oil en los alrededores del complejo de talleres y en las calles del Departamento.
Que no obstante los recurrentes reclamos de vecinos y usuarios ante la Dirección de Vías y Medios de Transporte, tendientes a regularizar y recuperar la dignidad del servicio público, las Empresas concesionarias hicieron oídos sordos a tales justas solicitudes, desconociendo inclusive las normas y reglamentaciones vigentes, como así mismo el poder de control de la autoridad gubernamental.
Que con motivo de la nueva licitación del Servicio de Transporte, las Autoridades Provinciales convocaron a la ciudadanía y autoridades municipales de los Departamentos del este a fin de elaborar en forma participada y realista las inquietudes y propuestas necesarias para reestablecer la normal prestación del Servicio Público en la jurisdicción este de la Provincia; habiéndose desarrollado cuantiosas reuniones en los Distritos, Concejos y Municipalidades, con amplia participación vecinal, que concluyeron en informes escritos que fueron elevados oportunamente a la Dirección de Vías y Medios de Transporte de la Provincia para ser tenidos en cuenta en la elaboración de los pliegos, en el diseño de recorridos y frecuencias, estado y características de las unidades y especialmente en los antecedentes y condiciones de las empresas prestatarias.
Que frente a esta nueva licitación nos encontramos con oferentes ya conocidos, con malos antecedentes en la prestación y cumplimiento del servicio público, resultando la inminente concesión una verdadera oportunidad para erradicar los abusos e irregularidades incurridos en el pasado reciente por los anteriores prestatarios, debiendo extremarse los recaudos y cautelas a la hora de evaluar la concesión, sobre todo teniendo en cuenta que los actuales oferentes son los mismos que vienen prestando deficientemente el servicio de transporte, y que la permisividad y la laxitud en las evaluaciones técnico legales podrían sin ninguna duda, consolidar los mismos problemas que actualmente tienen en vilo al usuario, que generalmente proviene de los sectores más carecientes de la comunidad.
POR ELLO:
El concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, en uso de sus facultades:
RESUELVE
Artículo 1°: Instar al Ministerio de Ambiente y Obras Públicas de la Provincia y a la Comisión de Preadjudicación, a que considere y tome en cuenta las serias preocupaciones, advertencias y reclamos formulados por vecinos y autoridades pertenecientes al departamento de Rivadavia, en relación con los graves antecedentes e incumplimientos de las Empresas oferentes, titulares de las actuales líneas 250 y 260 pertenecientes al Grupo Corsino, al tiempo de evaluar la oferta presentada por las mismas en el llamado a Licitación Pública para la concesión del Servicio Público de Transporte de Pasajeros para la zona Este de la provincia, ello con el objetivo de garantizar la prestación adecuada y regular del Servicio Público, evitando consolidar la actual disfunción que hoy posee tal servicio a cargo de estas Empresas.
Artículo 2: Remítase copia, a los Concejos Deliberantes de la zona Este, al Ministerio de Ambiente y Obras Públicas y a la Comisión de Preadjudicación.
Artículo 3°: Adjúntese a esta pieza legal copia certificada de la actuaciones que obran en los Expedientes Municipales N° 2005-17467-3-E, y acumulados N° 2005-10573-5-V, N° 2003-10316-1-I, N° 2003-15538-5-I, N° 2003-14637-6-V, N° 2004-02191-7-S y N° 2004-00648-8-E.
Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, a sus efectos e insértese en el Libro de Resoluciones de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina, a los 02 días del mes de mayo de 2007.
| RUBÉN DARÍO GRANDO | FLORINDA SEOANE |
| SECRETARIO C.D. | PRESIDENTA C.D. |
Cpde. Expte. Nº 2007-00111-4 C.D.