
ORDENANZA N° 4804
VISTO:
El Expediente N°2016-00101-4, mediante el cual el Bloque Raúl Alfonsín presentan Proyecto de Ordenanza, regularizando la contratación de Profesores en la Dirección de Deportes del Departamento, y
CONSIDERANDO:
Que es prioridad para el Estado Municipal la inclusión social, para mejorar la participación comunitaria y posibilitar el acceso masivo de la población juvenil Departamental a la práctica deportiva.
Que el objetivo del Municipio con respecto al deporte social o federado es promover la participación de deportistas residentes en el Departamento, tanto en competencias a nivel Local, como Provincial o Nacional, como asimismo la participación de la sociedad con programas que garanticen la inclusión de los niños y adolescentes a la recreación de juegos y deportes, debiendo asegurar programas específicos para aquellos con capacidades especiales.
Se entiende el Deporte Social como la práctica de actividades físicas y deportivas orientadas a la población en su conjunto, sin discriminación de edad, género, condición física, social o cultural, generando situaciones de integración, entendiendo al Deporte como un ámbito propicio para el desarrollo humano integral.
Que es indispensable el protagonismo de la comunidad, especialmente de los jóvenes como actores fundamentales del desarrollo comunitario y regional. Se promueve la práctica deportiva como un instrumento relevante de integración y socialización.
Que, hasta el año 2010 la totalidad de la planta Municipal del Profesorado de Educación Física eran dirigidos y monitoreados por el Director de Deportes Municipal.
Que, actualmente el Municipio dispone mensualmente del pago de 42 (cuarenta y dos) contratos de locación a profesores quienes brindan 12 horas de servicios semanales, para desempeñarse en todos los Clubes y barrios de los distritos de nuestro Departamento, de los cuales el 50% es contratado por el Centro Deportivo Rivadavia para desempeñarse en deporte federado.
Que, esta medida fue implementada en la última gestión de Gobierno, donde se autorizaba la entrega de un subsidio al Centro Deportivo Rivadavia para el pago del Profesorado de este deporte, asumiendo esta entidad la contratación, el control y la fiscalización.
Que, actualmente el Director del Área de Deportes, no tiene injerencia en el profesorado del deporte federado, como es el control de asistencia y la calidad del trabajo individual de cada uno de los mismos que se desempeñan en el área.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia (Mza.), y en uso de sus facultades:
ORDENA
Artículo 1º: Autorizar al Departamento Ejecutivo Municipal, para que a través de la Dirección de Deportes realice la contratación de la totalidad de los profesores de educación física que se desempeñan en el Área de Deportes, tanto en el Deporte Social como en el Federado. Los mismos deberán acreditar título habilitante.
Artículo 2º: Todo el Personal contratado por el Área de Deportes será fiscalizado y controlado por el Director de Deportes, quién recibirá un informe trimestral sobre el desempeño del mismo emanado por la Sub-Comisión del C.D.R. donde desempeña sus tareas habituales.
Artículo 3º: La contratación que se realice del profesorado, quedará a criterio del Departamento Ejecutivo, consignando en su remuneración mensual en ítem por responsabilidad profesional.
Artículo 4º: En caso de que un profesor del Personal Contratado pase a cumplir la función de Coordinador de Área, una vez terminada la misma, volverá a cumplir su anterior función.
Artículo 5°: El incumplimiento de las obligaciones en la prestación de las funciones será motivo inmediato de la rescisión del contrato.
Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos, e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina”, del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 23 días del mes de Junio de 2016.
| Lic. BRUNO AMBROSINI | LUCIO GUTIERREZ |
| SECRETARIO H.C.D. | PRESIDENTEH.C.D. |
Cpde. expte. N° 2016-00101-4 H.C.D.