RESOLUCIÓN Nº 22-19

VISTO:

El Expediente Nº 2019-00159-9, caratulado Bloque Raúl Alfonsín, Concejales Machín, Abate y Sánchez presentan proyecto de Resolución:  para demarcación del transporte Escolar, y

 

CONSIDERANDO:

La necesidad de establecer un lugar reservado para vehículos que prestan servicio de transpote escolar para ascenso y descenso de niños, frente a la entrada de los Establecimientos Educacionales de Rivadavia.

Que está vigente la Resolución Nº 534 de la Dirección de Transporte de fecha del 08 de mayo de 1.992, que legisla sobre la necesidad de permitir el libre estacionamiento de los vehículos que prestan servicio de Transporte Escolar a los establecimientos educacionales.

Que se hace necesario un ordenamiento de este transporte en ciertas zonas de gran densidad vehicular.

Que es imperioso evitar el estacionamiento en doble fila, producido por vehículos particulares de los padres de escolares, quienes deben caminar entre los vehículos, para llegar a ascender o descender de los mismos, con los concecuentes riesgos que ello implica.

Que dicha Resolución a través del Director de Transporte resuelve:

a) Articulo 1º: Establece un lugar reservado de doce (12) metros para ascenso y descenso de vehículos que prestan servicio de transporte escolar, frente a la entrada de los establecimientos educacionales se ubiquen estos en el costado derecho o izquierdo de la calzada.

b) Articulo 2º: Autorizase la detención momentánea, a ambos lados del área demarcada en el artículo 1º, para aquellos vehículos particulares, que concurren a dejar o retirar niños escolares.

c) Artículo 3º: Bajo ningún concepto se permitirá el estacionamiento o detención de vehículos en doble fila en la cuadra donde esté ubicado el establecimiento educacional.

d) Artículo 4º: Queda prohibido el estacionamiento de vehículos particulares en el costado opuesto pavimental educacional.

e) Artículo 5º: Que el Departamento de Tránsito procederá a demarcar la zona con pintura pavimental como así la señalización correspondiente.

f) Artículo 6º: Comuníquese a quienes corresponda y archívese.

Que es imperiosa la necesidad de demarcar especificamente en las Escuelas donde se brinda el Servicio de Transporte Escolar público y privado, escuelas que se detallan a continuación:

  • Escuela Casa de María.
  • Escuela Bernardino Rivadavia.
  • Escuela Prof. Francisco Tolosa. (Nivel Primario).
  • Escuela Jardín Juana de Giuliani.
  • Escuela Domingo D` Angelo. (La Central).
  • Escuela Fragata Libertad. (El Mirador).

 

POR ELLO:

El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades:

 

RESUELVE:

Artículo 1º: Gestionar ante la Dirección de Vías y Medios de Transporte, Delegación Zona Este, la demarcación de un espacio de doce (12) metros de largo paralelo al cordón de la calzada, para el ascenso y descenso de los alumnos que utilizan el servicio de transpote escolar. Los mismo se fijarán frente a las siguientes Escuelas: Casa de María, Bernardino Rivadavia, Prof. Francisco Humberto Tolosa y Jardín Juana Ciancia de Giuliani de la ciudad de Rivadavia, la Escuela Domingo D`Angelo del distrito La Central y la Escuela Fragata Libertad del distrito El Mirador.

Artículo 2°: Solicitar a la Dirección de Vías y Medios de Transporte, Delegación Zona Este, la autorización correspondiente para que el Municipio realice la demarcación mencionada en el Artículo 1º.

Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Resoluciones  de este Cuerpo.

 

Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina”, del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 23 días del mes de julio de 2019.

 

 

             MARÍA INÉS DALLAGO                                      MAURICIO DI CÉSARE

                SECRETARIA H.C.D.                                             PRESIDENTE  H.C.D.

 

 

Cpde. Expte. Nº 2019-00159-9   H.C.D.

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