RESOLUCIÓN Nº 26-20

VISTO:

El Expediente Nº 2020-00213-1, Expte Municipal Nº 2020-11557-8, caratulado Asesor Legal solicita designación, y

 

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con la Ley Nº 1.079 “Orgánica de Municipalidades” , que establece en su Artículo 27º, cada Concejo Deliberante deberá nombrar en sesión fijada a tal efecto, tres (3) Ediles que integrarán el Jury de Tachas.

Que dicho Jury será quien analice las tachas y observaciones al Padrón de Extranjeros residentes en nuestro Departamento, y que sean formuladas a través de los apoderados especiales que a tal efecto designen los partidos políticos o agrupaciones comunales que se encuentran inscriptos de conformidad a la Ley Electoral.

 

POR ELLO:

El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, en uso de sus facultades:

 

RESUELVE:

Artículo 1º: El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, dispone la constitución del Jury de Tachas, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 27º de la Ley 1.079 Orgánica de Municipalidades.

Artículo 2º: Desígnese como integrantes del jury de Tachas del departamento de Rivadavia, a los señores Concejales: Fernando Enrique Rodríguez, D.N.I. 22.693.489, Leila Rocío Amar, D.N.I. 37.136.260, Novello, Francisco Fernando, D.N.I. 26.462.729.

Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, e insértese en el Libro de Resoluciones de este Cuerpo.

 

Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina”, del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 29 días del mes de Septiembre de 2020.

 

 

 

            MARÍA INÉS DALLAGO                                    MAURICIO DI CÉSARE

              SECRETARIA H. C .D.                                       PRESIDENTE  H. C. D.

 

 

Cpde. Expte. Nº 2020-00213-1  H.C.D.

Nº 2020-11557-8  D.E.

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