
DECLARACIÓN Nº 8
VISTO
El Decreto Presidencial Nº 699/10, por el cual prorroga la Promoción Industrial en Provincias vecinas, y
CONSIDERANDO
Que es de público conocimiento que dicho beneficio fiscal otorgado a partir del 20 de mayo próximo pasado por el Gobierno Nacional a las provincias vecinas de San Luis; San Juan; La Rioja y Catamarca, no es más que un nuevo avasallamiento a la igualdad de oportunidades que merecidamente también le corresponde a la provincia de Mendoza.
Que nuestra Carta Magna, la Constitución de la Nación Argentina, explícitamente establece en su Artículo 75º, “que cualquier resolución sobre la coparticipación federal de impuestos (un régimen de promoción industrial disminuye el ingreso a las provincias, por cuanto las empresas promocionadas tienen exenciones impositivas) y ésta deben ser tratadas y votadas por el Congreso de la Nación, órgano donde se encuentran todas la provincias representadas.
Que ante esta desagradable situación, el Gobierno Provincial ha iniciado las gestiones tendientes a la presentación de un Recurso de Amparo ante la Corte Suprema de la Nación, con el fin de impedir la aplicación del Decreto Presidencial Nº699, que prorroga por 15 años la promoción industrial a la provincia de La Rioja, dejando la puerta abierta para que el resto de las provincias promocionadas de la región (Catamarca, San Juan y San Luis) se sumen a los beneficios impositivos para sus fábricas.
Que este beneficio fiscal otorgado a las provincias vecinas, le ha provocado a la economía mendocina cuantiosas pérdidas como por ejemplo hasta el año 1999, la suma de 14.800 millones de dólares, hecho este que que se agrava aún más, por cuanto muchas de las industrias radicadas en nuestra provincia, emigran a las mencionadas a fin de obtener este beneficio y por ende causa un efecto destructivo y de pérdida para nuestra economía local.
Que la promoción industrial tiene por objeto ser un instrumento de creación de empleo y ocupación de mano de obra que en la práctica, no se han producido, sino por el contrario, se han transformado más en un negocio impositivo que en una herramienta de desarrollo económico y social.
Que este Concejo Deliberante con fecha 27 de octubre de 2009, dio sanción a la Declaración Nº 027/09, por la que se rechazaba la disponibilidad de cupos no utilizados de promoción industrial, para las provincias mencionadas, que iba en detrimento legítimo de la provincia de Mendoza.
Que toda la sociedad mendocina, ve con desagrado el nuevo avasallamiento realizado a nuestra provincia por parte del Poder Ejecutivo Nacional mediante la implementación del Decreto Nº 699/10 y considerando que Mendoza, debe en la figura del señor Gobernador, Legisladores Provinciales y Nacionales y Partidos Políticos, realizar en conjunto todas las gestiones que se consideren pertinentes con carácter de urgente a fin de que se declare la inconstitucionalidad y nulidad del decreto.
POR ELLO
El Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades:
DECLARA
Artículo 1º: El Concejo Deliberante de Rivadavia, provincia de Mendoza, vería con agrado que el señor Gobernador de la Provincia de Mendoza, Cdor. CELSO JAQUE, inicie con carácter de urgente, todas las gestiones y/o acciones que pudieran corresponder ante los organismos en competencia, para que el Poder Ejecutivo Nacional, deje sin efecto el Decreto Nº 699/10, que prorroga la Ley Nº 22.021.
Artículo 2º: Solicitar a los señores Legisladores Nacionales por Mendoza, promuevan la derogación del Decreto enunciado en el Artículo 1º de la presente.
Artículo 3º: Remítase copia de la presente pieza legal al señor Gobernador de la Provincia de Mendoza, Cdor. Celso Jaque; a ambas Cámaras Legislativas de la provincia de Mendoza; a los señores Legisladores Nacionales por Mendoza y a los Honorables Concejos de la provincia, a fin de que se tome conocimiento y adhieran a la presente declaración.
Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, e insértese en el Libro de Declaraciones de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina”, del Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 08 días del mes de junio de 2010.
| ORLANDO JAVIER RODRIGUEZ | MAURICIO DI CÉSARE |
| SECRETARIO C.D. | PRESIDENTE C.D. |
Cpde. Expte. Nº 2010-00147-3 C.D.