Declaración 17-2013

DECLARACION Nº 17-13

VISTO:
La importancia de la construcción de Ciclovías en calle Chilecito hasta Albardón en el distrito Los Árboles y;

CONSIDERANDO:
Que las personas y familias que habitualmente circulan por estas calles, se dirigen a su trabajo,  a la escuela o a realizar actividades variadas, teniendo en cuenta que el tránsito de la zona es muy intenso y  han aumentado los accidentes viales, que bien podrían evitarse a través de la construcción de ciclovias colindantes.
Que la construcción de la ciclovía está destinada a personas de todas las edades y condiciones, otorgando beneficios a la salud, al medio ambiente y a la seguridad de cada ciudadano.
Que estás arterias especiales se han convertido en una alternativa seria de transporte para muchos habitantes de los distritos del Departamento, que cuentan con un espacio cómodo, seguro y rápido para trasladarse en bicicleta o de forma peatonal.
Que esta obra generará mejoras en el tráfico, al facilitar la sana convivencia entre biciclos y  transporte automotor, y  a la vez se fomentara  el uso de la bicicleta como medio eficaz y no contaminante de transporte.
En definitiva  los beneficios  que tienen estas vías para los individuos incluyen ahorros económicos, beneficios en la salud, tránsito seguro y conservación del medio ambiente, lo que implica pensar en mayores condiciones de vida de los pueblos distritales y mejora de la comunicación con las ciudades, consolidando equidad de servicios en todo el territorio departamental.

POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades:

DECLARA

Artículo 1º: Declárese de Interés Urbanístico Departamental la construcción  de  una ciclovía emplazada sobre el lateral de calle Chilecito hasta Albardón en el distrito Los Árboles de Rivadavia.

Artículo 2º: Requiérase al Departamento Ejecutivo pare que contemple la presente iniciativa en el plan de obras públicas del presente Ejercicio Presupuestario, o para el siguiente según las posibilidades financieras existentes, teniendo en cuenta que la obra de referencia deberá construirse mediante carpetas asfáltica, correctamente señalizada.

Artículo 3º: La misma deberá construirse según normas y reglamentaciones técnicas estipuladas por la Dirección de Tránsito y Transporte de la Provincia.

Artículo 4º: Solicitar al Departamento Ejecutivo que por la oficina técnica correspondiente elabore la documentación de la obra, elevándose al Honorable Concejo Deliberante para su aprobación.

Artículo 5º: El gasto que demande el cumplimiento de la presente deberá imputarse a la partida de Obras Públicas del presupuesto correspondiente.

Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, e insértese en el Libro de Declaraciones de este Cuerpo.

Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina”, del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 23 días del mes de julio de 2013.

ORLANDO JAVIER RODRIGUEZ FLORINDA SEOANE
SECRETARIO H.C.D. PRESIDENTA H.C.D.

Cpde. Expte. Nº 2013-00153-8

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