Declaración 20-2015

DECLARACION Nº 20-15

VISTO:
El Expediente 5922-D-2014 de Proyecto de Ley de Régimen Nacional de Juventudes firmado por diputados de los bloques Partido Socialista, GEN, Unidad Popular y Coalición Cívica ARI – UNEN; el Expediente 1332-D-2015 de Proyecto de Ley Nacional de la Juventud firmado por diputados de los bloques Libres del Sur, GEN y Unidad Popular; el Expediente 0008-PE-2015 del Proyecto de Ley de Promoción de las Juventudes firmado por la Presidenta Dra. Cristina Fernandez de Kirchner y el Jefe de Gabinete de la Nación Dr. Aníbal Fernández; y el Expediente 4038-D-2014 de Proyecto de Ley de Aprobación de la Convención Iberoamericana de Derechos de los Jóvenes firmado por diputados de la Unión Cívica Radical, y

CONSIDERANDO:
Que los expedientes tienen  como  finalidad  garantizar efectivamente  los  derechos  de  este  sector  de  la  población,  a  la  vez  que  generar  una nueva institucionalidad pública y una visibilización de las problemáticas en el orden social.
Que entendemos que la juventud es un actor social diverso, heterogéneo y complejo, atravesado por diferentes condiciones socioculturales, económicas, históricas, que marcan y definen las diferentes problemáticas de los/as jóvenes hoy en día. De allí que  la  importancia  de  un marco normativo  como  los  que  se  proponen  en  los expedientes ya dichos, implica  contar  con  legislación  que  explícitamente  garantice  una  igualdad  de derechos y oportunidades para las juventudes.
Que  las  políticas  orientadas  hacia  las  juventudes serán efectivas en cuanto involucren activamente a todos los actores que constituyen un espacio de convergencia juvenil.  Por  ello,  organizaciones  de  la  sociedad  civil,  instituciones  públicas  y  privadas  y actores de referencia también se constituyen como protagonistas de las definiciones en materia de políticas de juventud.
Que entendemos que las políticas orientadas hacia las juventudes deben reconocer a los/as jóvenes como protagonistas en el diseño de nuevas formas de participación social, como actores  necesarios  y  esenciales  en  la  tarea  de  pensar y de llevar adelante políticas y acciones comprometidas con la transformación de la realidad socio-cultural, económica y política.
Que en  las  últimas  décadas,  se  ha  colocado  en  la  agenda  de  los  gobiernos latinoamericanos  la  necesidad  de  abordar  la  situación  de  los  jóvenes,  avanzando  en distintos grados de institucionalidad en la materia. Así, es posible citar como referencia la sanción de leyes nacionales de juventud: Colombia (1997); República Dominicana (2000); Ecuador  (2001);  Costa  Rica  (2002);  Venezuela  (2002),  entre  otras.
Que en  el caso de la Argentina, hay un enorme vacío en lo que respecta a normativa nacional. Por eso,  y  en  virtud  de  las  realidades  que  atraviesan  las  juventudes  de  nuestra  región,  se torna necesario que la Honorable Cámara de Diputados de la Nación asuma la responsabilidad e iniciativa de trabajar en este sentido.
Que este honorable cuerpo viene avanzando en materia de participación de juventudes, como lo datan la Ordenanza Nº 4768 “Adhesión al Programa Nacional de Concejos Deliberantes Estudiantiles” y la Resolución Nº 06-15 “Aprobar la organización en el seno del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia el I Foro Departamental de Juventudes hacia el Concejo Deliberante Estudiantil”.

POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades

DECLARA

Artículo 1º: Declarar de interés de este cuerpo el pronto tratamiento de todos los proyectos de Leyes Nacionales de Juventudes presentados en la Honorable Cámara de Diputados de la Nación.

Artículo 2º: Declarar de interés de este cuerpo la adhesión a la Convención Iberoamericana de Derecho de los Jóvenes.

Artículo 3º: Comuníquese al los Concejos Deliberantes Departamentales para adherir a la presente declaración, a la Honorable Cámara de Diputados de la Nación para que tome conocimiento y demás  efectos.

Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Declaraciones de este Cuerpo.

Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina” del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 29 días del mes de octubre de 2015.

ORLANDO JAVIER RODRIGUEZ CARLOS JAVIER FORNASARI
SECRETARIO H.C.D.  A/C PRESIDENCIA  H.C.D.

Cpde. Expte. Nº 2015-00175-9 H.C.D.

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