
DECLARACIÓN Nº026
VISTO:
El Expediente Municipal Nº 2013-14501-2, caratulado “DESARROLLO ECONOMICO P/ SOLICITA DECLARACION DE EMERGENCIA CLIMATICA” y,
CONSIDERANDO:
Que, la Dirección de Desarrollo Económico de la Municipalidad solicita a este Honorable Concejo Deliberante la Declaración de Emergencia Climática y Agrícola ante las importantes heladas sufridas por los cultivos de nuestro Departamento los días 22, 23, 24, 29 y 30 de setiembre pasados provocadas por el ingreso de un frente frío sobre toda la Provincia.
Que, la gravedad de los daños no pudo evitarse debido a las bajas temperaturas generalizadas y permanentes de varios días de duración, con mínimas que rondaron de 0º a 9º bajo cero por varias horas, hecho que tornó insuficiente cualquier medida de mitigación.
Que, el Gobierno de la Provincia ha reconocido los daños producidos por estas inclemencias climáticas en todo el territorio provincial especialmente en la Zona Este, del Valle de Uco y Sur de la Provincia.
Que, específicamente en relación con nuestro Departamento los productores ya han comenzado a ingresar las denuncias en la Dirección de Desarrollo Económico de la Municipalidad advirtiéndose a primera vista daños entre un 50 a 80% en la producción de frutales como duraznos, ciruelas, damascos, olivos y viñedos de uvas blancas y de mesa, en consonancia con el resto de los Departamentos afectados. Otros propietarios todavía no pueden observar claramente las pérdidas, en razón del estado vegetativo de las plantaciones y la época del año que encuentra las plantas recién brotadas, resultando necesario esperar un tiempo prudencial para observar su avance, evolución y cuantificación de la helada.
Que, lo expuesto en el presente como antecedente puede verificarse en Diarios de circulación Provincial, que han relevado los daños ocasionados y la angustia de los productores y propietarios que ven frustradas sus esperanzas para la próxima cosecha 2013/2014.
Que, atento al marco general y situación económica de la industria vitivinícola, de frutales y olivícola, sumado a este nuevo hecho que afecta gravemente la actividad económica principal del Departamento, resulta indispensable solicitar como medida de mitigación no sólo la declaración de emergencia para obtener del gobierno provincial el diferimiento del pago de tasas, impuestos y servicios, sino también es necesario complementar con medidas de ayuda económica financiera como el otorgamiento de subsidios o préstamos subsidiados a todos los propietarios afectados, no solamente a pequeños productores con emprendimientos de hasta 10 hectáreas.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades:
DECLARA
Artículo 1º: Declárese en Emergencia Agrícola al departamento de Rivadavia, provincia de Mendoza, debido a las intensas heladas producidas que han afectado un porcentaje de alta consideración en la producción vitícola, olivícola y frutícola.
Artículo 2º: Solicitar al Departamento Ejecutivo para que en forma urgente, realice gestiones ante el Ministerio de la Producción y Tecnología de la Provincia con el fin de asistir a pequeños y medianos PRODUCTORES Y CONTRATISTAS DE VIÑAS y FRUTALES, en emergencia, con subsidios y/o créditos con intereses subsidiados con destino al cuidado fitosanitario, continuar con los trabajos culturales y mantener la mano de obra necesaria.
Artículo 3º: Gestionar ante la Dirección General de Rentas y el Departamento General de Irrigación de la Provincia la publicación y aplicación de planes de pagos y/o exenciones vigentes para productores en emergencia y/o desastre agrícola.
Artículo 4º: Solicitar al Gobierno de la Provincia que realice gestiones ante la banca oficial, cooperativa y privada para que difieran los futuros vencimientos de créditos tomados por pequeños y medianos productores vitícolas en emergencia.
Artículo 5º: Solicitar al Instituto Nacional de la Vitivinicultura, de a conocer su opinión y medidas a adoptar con la producción vitícola afectada por estas heladas.
Artículo 6º: Remítase copia del presente al Honorable Congreso de la Nación a fin que tome nota de la presente e incluya al Departamento en exenciones o diferimientos impositivos, partidas presupuestarias que contemplen entrega de subsidios y/o créditos con tasa de interés subsidiada.
Artículo 7º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Declaraciones de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina” del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 02 días del mes de octubre de 2013.
| ORLANDO JAVIER RODRIGUEZ | FLORINDA SEOANE |
| SECRETARIO H.C.D. | PRESIDENTA H.C.D. |
Cpde. Expte. Nº 2013-00241-1 H.C.D.
Nº2013-14501-2 D.E.