
DECLARACION Nº 028-13
VISTO:
Que los edificios públicos, en lo posible, no deben contener barreras arquitectónicas que impidan el fácil acceso del público a su interior, y
CONSIDERANDO:
Que, en nuestro país, tanto a nivel nacional como provincial existen normas que propician construcciones libre de tales barreras, en particular para validad los derechos de personas especiales.
Que, el diseño original del edificio destinado al Departamento Deliberativo de nuestra Municipalidad, no incluyó en su estructura un ascensor.
Que sería plausible, entonces, que el Ejecutivo Municipal evaluara la posibilidad de dotarle al edificio del Concejo Deliberante, de la construcción de un ascensor y/o montacargas.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades
DECLARA
Artículo 1º: El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, vería con agrado que el Ejecutivo Municipal, evaluara la posibilidad técnica de la construcción de un ascensor y/o montacargas en el edificio de este Departamento Deliberativo.
Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Declaraciones de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina” del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 19 días del mes de noviembre de 2013.
| ORLANDO JAVIER RODRIGUEZ | FLORINDA SEOANE |
| SECRETARIO H.C.D. | PRESIDENTA H.C.D. |
Cpde. Expte. Nº 2013-00280-9 H.C.D.