
DECLARACION Nº 37
VISTO:
El Proyecto de Ley presentado por Diputados del Bloque de la UCR, en la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Mendoza, referido a la Incorporación de Consejerías en los Efectores de Salud Pública de Mendoza; y
CONSIDERANDO:
Que es prioritario prevenir, identificar, asesorar, orientar y atender respecto a salud reproductiva, sexualidad, identidad de género, violencia de género y adolescencia mediante la conformación de Consejerías Interdisciplinarias en todos los efectores de salud pública de la Provincia.
Que existen leyes nacionales y provinciales como la Ley Nacional N°25.673 que crea el Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable, y la Ley Provincial N° 6.433 que crea el Programa Provincial de Salud Reproductiva y que tienen como objetivos la prevención de embarazos no deseados, enfermedades de transmisión sexual, el acceso a la información, orientación en métodos anticonceptivos, asesoramiento en salud sexual y procreación responsable.
Que mencionados objetivos se efectivizaron mediante la implementación del Programa de Salud Reproductiva, creando consejerías en consultorios para adolescentes sólo en los Hospitales Humberto Notti, Diego Paroissien y Alfredo Italo Perrupato,
Que la Ley Nacional N°23.179 que aprueba la Resolución 34/80 de las Naciones Unidas sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer, La Ley N° 26.485 de protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales, contemplan como violencia el no acceso a la libertad reproductiva y la violencia obstétrica,
Que la violencia hacia la mujer es un tema prioritario de la salud pública por el impacto considerable y negativo en la salud y la vida de un número significativo de mujeres, afectando aspectos como maternidad sin riesgo, procreación responsable, prevención de enfermedades de transmisión sexual e infección por VIH/SIDA, salud mental, adicciones, calidad de vida en general por sus graves riesgos secundarios.
Que el marco legal respecto a los derechos de los niños, niñas y adolescentes está compuesto por la Ley Nacional N° 26.061 y la Ley Provincial N°6.354 de Niñez y Adolescencia que crea el Consejo de Niñez y Adolescencia. Corresponde al Consejo Provincial de la Niñez y Adolescencia realizar el asesoramiento para la formulación y coordinación de la política general infanto -juvenil; y a la Dirección Provincial de la Niñez y Adolescencia su programación, ejecución y evaluación, garantizando la protección integral, el ejercicio y disfrute pleno de los derechos mencionados en su art. 14.
Que es primordial crear las Consejerías en todos los Hospitales Públicos de la Provincia de Mendoza, a fin de garantizar la promoción de derechos de salud de mujeres, niños, niñas, adolescentes y personas LGTB.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades:
DECLARA
Artículo 1º: El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, manifiesta su adhesión en toda y cada una de sus partes al Proyecto de Ley, presentado en la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Mendoza, por el Bloque de Diputados de la Unión Cívica Radical bajo Expte nº66946, referido a la Creación de Consejerías Interdisciplinarias en los efectores de Salud Pública de Mendoza.
Artículo 2º: El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, vería con agrado que todos los Concejos Deliberantes de la Provincia de Mendoza, luego de tomar conocimiento del mismo, adhieran a la iniciativa.
Artículo 3º: Remitir copia de la presente pieza legal y del citado proyecto, a todos los Concejos Deliberantes de la Provincia de Mendoza y a la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Mendoza, para su conocimiento y demás efectos.
Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Declaraciones de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina” del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 30 días del mes de setiembre de 2014.
| ORLANDO JAVIER RODRIGUEZ | FLORINDA SEOANE |
| SECRETARIO H.C.D. | PRESIDENTA H.C.D. |
Cpde. Expte. Nº 2014-00228-7 H.C.D.