
DECLARACION Nº 44-16
VISTO:
El Expediente Nº 2016-00302-8, caratulado Ediles de este Cuerpo, presentan proyecto de Declaración, referido a la conmemoración del décimo aniversario de la segunda desaparición de Jorge Julio López, y
CONSIDERANDO:
Que Jorge Julio López nació en General Villegas, Provincia de Buenos Aires en 1929, se desempeñó como albañil en la Ciudad de La Plata dónde decidió formar su familia, su profesión y su militancia.
Que el golpe de 1976 inició el tiempo más terrible de nuestra historia en la cual el terrorismo de Estado fue el elemento esencial para dar comienzo a una profunda reestructuración de la Sociedad Civil, así como el Estado.
Que Jorge Julio López fue víctima del terrorismo de estado mencionado, al ser primero desaparecido y luego oficialmente detendoconfinado en un centro clandestino de detención.
Que durante los juicios de lesa humanidad, a los responsables y represores militares de la última dictadura militar, abiertos luego del regreso a la democracia en 1983, Jorge Julio López fue testigo clave en la causa contra Miguel Etchecolatz.
Que el 18 de Setiembre de 2006, día en que debía declarar nuevamente contra Miguel Etchecolatz, Jorge Julio López fue visto por última vez.
Que su desaparición en época de pleno ejercicio de derechos civiles y políticos, es un hecho que golpea fuertemente y debilita nuestra Democracia.
Que a la fecha no se han reconocido avances importantes en la causa judicial que investiga este hecho, lo que cuestiona ciertamente la capacidad de la Justicia y la voluntad de los poderes del estado en esclarecer este hecho.
Que Miguel Osvaldo Etchecolatz es un ex policía argentino, genocida condenado y represor que fue la mano derecha del ex general Ramón Camps, Jefe de Policía de la Provincia de Buenos Aires durante la última dictadura cívico-militar.
Que Etchecolatz fue el responsable directo del operativo contra un grupo de adolescentes conocido como la Noche de los Lápices; inicialmente condenado a 23 años de prisión como responsable de haber ejecutado 91 tormentos, la Corte Suprema de Justicia anuló la sentencia por aplicación de la Ley Obediencia Debida.
Que asimismo debió cumplir una condena de siete años por la supresión de identidad de un hijo de desaparecidos y en 2006, luego de la anulación de las leyes de Obediencia Debida y Punto Final fue enjuiciado nuevamente y condenado a reclusión perpetua por homicidios, torturas y privaciones ilegítimas de libertad, considerados «delitos de lesa humanidad cometidos en el marco del genocidio que tuvo lugar en la República Argentina entre los años 1976 y 1983».
Que a 40 años de aquel funesto episodio de nuestra historia, recordamos con dolor aquellos momentos cuando nuestro pueblo sufrió el poder de la dictadura.
Que la memoria de los pueblos y su conciencia histórica son las verdaderas raíces para un futuro de paz. La conciencia acerca del pasado, hace al presente, pero fundamentalmente, hace al futuro de las próximas generaciones.
Que la memoria, para los argentinos tiene que ver con la posibilidad de que la experiencia trágica de los años del oscurantismo, del terrorismo de estado que vivimos, no se repita.
Que para ello debemos reconstruir la memoria, aprender del pasado y proyectar un futuro donde lo esencial sea además que todos los hombres puedan vivir con dignidad y se respeten sus derechos fundamentales.
Que debemos reforzar la convicción de la democracia en un valor que se construye día a día. Se consolida cuando disminuimos el espacio de la injusticia y se debilita cuando la realidad de la miseria, hambre y analfabetismo se abalanza sobre nuestros pueblos.
Que se propone construir una memoria colectiva para contribuir a pensar un futuro mejor, a imaginar y edificar una sociedad donde el hombre sea sagrado para el hombre; donde la marginalidad, la exclusión y la corrupción, que nos alejan peligrosamente de los principios de la democracia, sean finalmente erradicados; y donde el NUNCA MAS no sea el informe más terrible de las violaciones a los derechos humanos, sino que se convierta en un acuerdo básico de convivencia para la sociedad argentina.
Que sin que se esclarezca la desaparición de Jorge Julio López no hay Nunca Más.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades:
DECLARA
Artículo 1º: Declárese el pesar del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, al conmemorarse el décimo aniversario de la desaparición de Jorge Julio López al haberse cumplido el pasado 18 de Setiembre del corriente.
Artículo 2º: Notifíquese de la presente pieza a la Asociación de Ex Detenidos Desaparecidos y a la Asociación Encuentro por la Memoria, la Verdad y la Justicia.
Artículo 3º: Invítese a los Honorables Concejos Deliberante de la Provincia y a ambas Cámaras de la Legislatura Provincial a adherir a la presente Declaración.
Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Declaraciones de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones, “Bandera Nacional Argentina”, del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 22 días del mes de setiembre de 2016.
| Lic. BRUNO AMBROSINI | LUCIO GUTIERREZ |
| SECRETARIO H.C.D. | PRESIDENTE H.C.D. |
Cpde. Expte. Nº 2016-00302-8 H.C.D.