Declaración31-2016

DECLARACION Nº 31-16

VISTO:
El Expediente Nº 3502-D-2016 de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación caratulado “Derogase la Ley de Servicio Militar Obligatorio” firmado por los/as Diputados/as Nacionales Lucila Duré, Alicia Ciciliani, Gabriela Troiano y Hermes Binner;

CONSIDERANDO:
Que con la Ley Ricchieri de 1901 se introduce el servicio militar universal y su reforma en 1905 provocó una mayor organización de los modos de reclutamiento y formación, esto si bien no repercutió en la ampliación del cuerpo de soldados sí consolidó en el imaginario social la capacidad del ejército de formar “soldados-ciudadanos”.
Que este argumento que nace a principio del siglo XX, y durante éste se consolida, se convierte en una de las formas de someter, disciplinar y vigilar los comportamientos de las clases populares bajo el espejismo de una “salida” o “ascenso social”.
Que tras varias interrupciones autoritarias en nuestra historia, el golpe militar de 1976 fue el que consiguió ser más efectivo en la síntesis de la alianza cívico militar, en la desarticulación social producto del fomento del terror y la destrucción de una matriz productiva de sustitución de importaciones que tenía como norte el pleno empleo.
Que aquellos imaginarios sociales de “garantes del orden” y “guardianes de la patria” se opusieron a la “inestabilidad política de la vida democrática” y las “incontrolables conductas juveniles”.
Que es en 1976 cuando el Servicio Militar pasa a ser Obligatorio para todos los varones que hayan cumplido los 18 años de edad y la incorporación al mismo se realizaba a través de un sorteo.
Que en 1982 la ocupación de las islas Malvinas se utilizó como modo de organizar el consenso social y de proporcionar legitimidad a al régimen.Que esta legitimidad ocultaba los abusos, padecimientos y desprotecciones a la que una generación de jóvenes fue sometida al ir a una guerra sin la preparación,  los equipamientos y condiciones físicas necesarias para ello.
Que a principio de la década del 80` América Latina, y Argentina en particular, atravesaron el fin de estas dictaduras cívicos-militares e inauguran procesos de transición hacia una nueva etapa en sus vidas democráticas.
Que uno de los mayores desafíos que tuvieron estos gobiernos, y la política en general, fue repensar el rol de las Fuerzas Armadas dentro de la estructura de un Estado de Derecho y el control civil de las mismas para poder sostener procesos políticos sin interrupciones.
Que en Argentina aquello se constituyó en un desafío que tuvo sus marchas y contramarchas pero avanzó en un consenso acerca de la preservación de un conjunto de derechos y libertades ciudadanas garantizadas por reglas y procedimientos en el juego político, logrando torcer la balanza en favor del control civil sobre las Fuerzas Armadas; proceso que no fue sencillo y no faltaron manifestaciones  del poder camaleónico de aquella “Sociedad Militar”.
Que en esa ingeniería que se fue construyendo no se puso en cuestión el Servicio Militar Obligatorio hasta 1994 con la muerte del joven Omar Carrasco, quien fue encontrado muerto dentro del cuartel luego de un mes de su desaparición.
Que este evento puso de manifiesto los mecanismos de tortura que las fuerzas militares utilizaban con sus mismos conscriptos y el ejercicio del poder dentro de esta institución.
Que ante este hecho y otros que comienzan a  salir a la luz, el gobierno de Carlos Menem decide suspender por Decreto el Servicio Militar Obligatorio.
Que así mismo, se sanciona Ley 24.429 “Servicio Militar Voluntario” que en su artículo 19  sostiene, en la excepcionalidad, la posibilidad de reclutar jóvenes de 18 años por un período que no podrá exceder el año, constituyendo una posibilidad latente de volver a la obligatoriedad.
Que si bien la consolidación del régimen democrático, frente a las interrupciones autoritarias en la historia político argentina, parece no estar puesta en cuestión la profundización de las desigualdades sociales, la conflictividad social, las redes delictivas y la violencia social han ubicado muchas veces al  joven-varón-pobre como depositario los mayores “peligros” para la sociedad.
Que esto vuelve a poner sobre la mesa, una y otra vez, la posibilidad de reanudar el Servicio Militar Obligatorio a partir de peligrosos argumentos que justifican el encierro en estas instituciones como una posibilidad de “espacios de contención” para jóvenes en “situación de riesgo”.
Que esta forma del control social no hace más que discriminar, excluir y agravar la situación de discriminación y exclusión de los propios jóvenes.
Que una propuesta superadora debe consistir en comenzar a pensar a las juventudes en función de las problemáticas sociales que atraviesan a toda la sociedad, como también en sus demandas particulares.
Que los y las jóvenes no están exentos de las consecuencias que conlleva vivir en una sociedad capitalista, y por lo tanto desigual; y por ende es necesario comenzar a pensar en un Estado que proponga igualar posiciones y restituir derechos.
Que es importante avanzar hacia una sanción de concepción que ubique a los y las jóvenes como sujetos de derechos abandonando una visión sesgada, estigmatizaste y de subordinación que no hace más que legitimar formas de control represivas.
Que al ser este cuerpo una de las instituciones de nuestra república tenemos el compromiso y la obligación de salvaguardar nuestra democracia y los derechos de todos nuestros habitantes.

POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, en uso de sus facultades:

DECLARA

Artículo 1º: Declárese de Interés de este Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, el pronto tratamiento y la aprobación del Expediente Nº 3502-D-2016, el que propone la derogación de la Ley del “Servicio Militar Obligatorio”, dando implementación a la Ley Nº 24.429 que establece el Servicio Militar Obligatorio” con propuesta de modificación del artículo 19º.

Artículo 2º: Notifíquese de la presente pieza legal a la Honorable Cámara de Diputados de la Nación.

Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Declaraciones de este Cuerpo.

Dada en la Sala de Sesiones, “Bandera Nacional Argentina”, del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 07 días del mes de julio de 2016.

Lic. BRUNO AMBROSINI LUCIO GUTIERREZ
SECRETARIO H.C.D. PRESIDENTE H.C.D.

Cpde. Expte. Nº 2016-00224-4 H.C.D.

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