
VISTO:
El Expediente Nº 2018-00245-7, caratulado Ediles de Rivadavia presentan proyecto de Resolución, referido a la lucha contra el cáncer de mama, y
CONSIDERANDO:
La necesidad de trabajar en la prevención y detección temprana del cáncer de mama.
Que el cáncer de mama es el cáncer más frecuente en las mujeres tanto en los países desarrollados como en los países en desarrollo.
Que la detección precoz con vistas a mejorar el pronóstico y la supervivencia de esos casos sigue siendo la piedra angular del control del cáncer de mama.
Que por iniciativa de la Organización Mundial de la Salud el 19 de octubre se celebra mundialmente el día internacional de la lucha contra el cáncer de mama con el objetivo de crear conciencia y promover que cada vez más mujeres accedan a controles, diagnósticos y tratamientos oportunos y efectivos.
Que el diagnóstico precoz es vital pues de él dependen las posibilidades de curación, que pueden ser del 100% si se detecta a tiempo. La técnica utilizada y mundialmente aceptada es la mamografía, que consiste en una radiografía de las mamas, capaz de detectar lesiones en estadios muy incipientes de la enfermedad. La dosis de radiación empleada en la mamografía es mínima, por lo que resulta inofensiva.
Que el cáncer de mama es la primera causa de muerte por tumores en mujeres:
- Se producen 5.400 muertes por año por cáncer de mama.
- Se estima que se producirán 18.000 nuevos casos por año, lo cual representa el 17,8% del total de incidencia de cáncer en Argentina.
- Argentina, luego de Uruguay, es el país de América con la tasa de mortalidad más alta por cáncer de mama (con 20,1 y 24,3 defunciones cada 100.000 mujeres respectivamente). Mientras que Bolivia, Ecuador y México tienen las tasas más bajas (con 7,6 10 y 10,5 defunciones cada 100.000 mujeres respectivamente).
- Las tasas de mortalidad por cáncer de mama más elevadas se dan entre los 50 (41,6 cada 100.000 mujeres) y los 80 años o más (215,8 cada 100.000 mujeres). El cáncer de mama es el cáncer de mayor incidencia en mujeres, con una tasa de 74 casos por cada 100.000 mujeres.
- Más del 75% de las mujeres con cáncer de mama no tienen ningún antecedente familiar de dicha enfermedad.
- Para el cáncer de mama la detección temprana es fundamental, ya que los tumores de menos de 1 centímetro tienen hasta el 90% de probabilidades de curación.
Que La prevención y detección temprana de la enfermedad, llamada “Prevención Primaria” significa disminuir o eliminar la exposición de la mujer a factores de riesgo de forma tal de reducir las posibilidades de desarrollar cáncer de mama. La adherencia a estilos de vida saludable es una forma de actuar de modo preventivo: no fumar, evitar el consumo de grasas, realizar actividad física, moderar el consumo de alcohol. Las terapias de reemplazo hormonal y la exposición excesiva a la radiación ionizante (rayos x) también aumentan el riesgo de tener cáncer de mama.
Que existen múltiples declaraciones de interés a campañas sobre la detección y lucha contra el cáncer de mama en el departamento.
Que en Mendoza existe la LEY 8.792 de 2015 que establece Licencia Especial remunerada, un (1) día laboral por año, a favor de toda mujer mayor de dieciocho (18) años que preste servicios en el Sector Público Provincial, cualquiera sea la forma de contratación, con el fin de someterse a exámenes de Colposcopía, Papanicolau y Mamografía.
Que el municipio de Rivadavia adhirió a esta ley a través de la Resolución Nº47 del Honorable Concejo Deliberante en 2016.
Que, aun existiendo este día disponible para este tipo de estudios, muchas mujeres no se los realizan, y a pesar de las campañas de concientización aun no comprenden la verdadera necesidad de la prevención y realización de mamografías o ecografías mamarias una vez al año, sobre todo luego de los 40 años.
Que si el Municipio instalara un día un mamógrafo móvil en el edificio municipal, muchas mujeres si accederían a realizarse la mamografía, por una cuestión de comodidad, y no se perdería mucho horario laboral ya que la realización de las mismas no tarda más de 15 minutos.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, en uso de sus facultades:
RESUELVE:
Artículo 1º: Solicitar al Departamento Ejecutivo, arbitre los medios necesarios para crear un convenio con OSEP, el hospital u otra dependencia de salud para que el 19 de Octubre (o un día cercano, ya que todo el mes de Octubre es dedicado a la lucha contra el cáncer de mama) se instale un mamógrafo en el edificio Municipal para que todas las mujeres que forman parte del personal Municipal puedan realizarse la mamografía.
Artículo2º: Solicitar al Departamento Ejecutivo la implementación de una amplia campaña de difusión, donde se destaque la importancia de la prevención y ejercicio de los estudios contra el cáncer de mama.
Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Resoluciones de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina”, del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 02 días del mes de octubre de 2018.
Lic. BRUNO AMBROSINI LUCIO GUTIERREZ
SECRETARIO H.C.D. PRESIDENTE H.C.D.
Cpde. Expte. Nº 2018- 00245-7 H.C.D.
