
VISTO:
El Expediente Nº 2021-00091-0, Expediente Municipal Nº 2021-01893-8, caratulado “Caparros Isabel – Eleva Donación de Terreno”, en el que a fojas 1 con su firma asienten su voluntad de donar, y
CONSIDERANDO:
Que en la presente Ordenanza no se describieron los porcentajes de dominio de cada titular para su donación completa.
Que el porcentaje de la Fracción E2, Nom. Cat.10-01-11-0022-000007-0000-1, Padrón de Rentas 10/22194-3, Padrón Municipal 16556 es de 4.55% a nombre de Caparros Isabel Soledad y de la fracción E1, Nom. Cat.10-01-11-0022-000006-0000-7, Padrón de Rentas 10/22193-5, Padrón Municipal 16555 es de 95.45% a nombre de Dominio Fiduciario de conformidad a la Ley 2441 María Daniela Impellizieri.
Que ambas partes están de acuerdo en la donación del Acceso Comunero de Indivisión Forzosa, Nom. Cat.10-01-11-0022-000008-0000-6, Padrón de Rentas 10/22195-0, Padrón Municipal 16557.
La necesidad de declarar de interés público rasgo de terreno afectado por la prolongación de calle Pública Nº 2, debido a que dicha calle se encuentra librada al uso público y es indispensable para el desarrollo urbanístico que se regularice las condiciones legales de la mencionada calle, para que los vecinos puedan realizar el tendido de red eléctrica y agua potable.
Que urbanísticamente la calle Pública Nº2 es de fundamental importancia para el desarrollo vial de esta ciudad.
Que los colindantes oeste de la fracción a donar, actualmente Inversores Inmobiliarios del Este S. A. Nomenclatura Catastral 10-99-04-0500-485265, deberá donar el resto de superficie y metros lineales para conformar la calle Pública Nº 2 con un ancho de 16.00 m de calzada. Y también el mismo se encuentra afectado a proyección de calle Rufino Ortega.
Que los titulares del inmueble establecen su necesidad de donar y el plano de mensura Nº 10/19103 ya establece y demarca la superficie a donar en el terreno.
Que los colindantes poseen proyectos de urbanización, los cuales están sujetos a la apertura de calle Pública Nº 2 y calle Rufino Ortega, para el crecimiento urbanístico.
Que la urbanización faltante será a cargo de los titulares y/o futuros adquirientes; en el caso de la calle Publica Nº 2 la urbanización faltante también corresponde al colindante oeste. Dicha urbanización corresponde a red de agua, red eléctrica, red de gas, cordón banquina, perfilado de calles, canasto de residuos, acequias y veredas.
Que se adjunta el plano de mensura visado por la Dirección General de Catastro bajo el Nº 10/19103 donde se determinan las superficies a donar con sus medidas lineales y de superficies correspondientes.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, en uso de sus facultades:
ORDENA
Artículo 1º: Modifíquese el Artículo Nº1 de la Ordenanza Nº 5026-21, quedando redactado de la siguiente manera: Acéptese la donación sin cargo del rasgo de terrenos afectados a prolongación de calle Pública Nº 2, establecido según plano de mensura como Acceso Comunero de Indivisión Forzosa con una superficie según mensura y título de 591.14 m2, Nom. Cat.: 10-01-11-0022-000008-0000-6 Padrón de Rentas Nº: 10/22195-0, Padrón Municipal Nº: 16557, Plano de mensura Nº 10/19103 visado en la Dirección General de Catastro. Que dicha fracción corresponde en parte a la Fracción E2, Nom. Cat. 10-01-11-0022-000007-0000-1, Padrón de Rentas 10/22194-3, Padrón Municipal 16556 con un porcentaje de 4.55% a nombre de Caparros Isabel Soledad y parte de la Fracción E1, Nom. Cat. 10-01-11-0022-000006-0000-7, Padrón de Rentas 10/22193-5, Padrón Municipal 16555 con un porcentaje de 95.45% a nombre de Dominio Fiduciario de conformidad a la Ley 2441 María Daniela Impellizieri. Las Fracciones mencionadas se encuentran inscriptas en la Matrícula Nº 374109/10, Asiento A-1 de Rivadavia.
Artículo Nº2: Por Departamento Ejecutivo deberá realizar los actos útiles y necesarios ante el Registro d la Propiedad para su inscripción a nombre de la Municipalidad de Rivadavia.
Artículo Nº3: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina”, del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 27 días del mes de abril de 2021.
MARÍA INÉS DALLAGO MAURICIO DI CÉSARE
SECRETARIA H. C .D. PRESIDENTE H. C. D.
