
VISTO:
El Expediente Nº 2021-00165-2, caratulado Bloque U.C. Concejales Abate- Rodríguez, presentan proyecto de Ordenanza: Adherir a la Ley Provincial Nº 9330 “Mendoza Activa II”, y
CONSIDERANDO:
La necesidad de adherir y apoyar las políticas implementadas por el Gobierno de la Provincia tendientes a reactivar la producción y economía interna.
Que el Gobierno de Mendoza, a través del Ministerio de Economía y Energía, impulsó la creación de Mendoza Activa, el programa de fomento a las inversiones privadas que comenzó a implementarse a mediados de 2020 como respuesta a una crisis social, económica y sanitaria sin precedentes. Luego de aprobarse en agosto del pasado año y tras el cierre de su décima convocatoria, la primera etapa del programa arrojó inversiones por $21.769.465.260, con 3.336 proyectos presentados por sectores productivos de Mendoza.
Que esta segunda versión, cuenta con la aprobación de la Legislatura de Mendoza, incluye a más sectores que podrán inscribirse y obtener devoluciones de hasta el 45% en ANR, billeteras virtuales y financiamiento. Es decir que al 40 % de devoluciones de la primera etapa podrá sumarse 5 %, siempre y cuando se cumpla una de las siguientes condiciones: se genere empleo en blanco, se realicen innovaciones tecnológicas, la pyme solicitante tenga mayoría de mujeres en su directorio o contribuya a aumentar el volumen de las exportaciones.
Que amplía el universo de líneas de financiamiento de 7 a 21 subprogramas. Renovando el programa Enlace y, con esta nueva versión, denominado enlazados, el que incorpore un empleado nuevo tendrá un aporte del Estado equivalente al salario mínimo, vital y móvil, por siete meses.
Que se incluirán proyectos de eficiencia energética, construcciones llave en mano, viviendas rurales, complejos habitacionales, urbanizaciones de barrios hechos por sindicatos, cooperativas o asociaciones vecinales, renovación de vehículos de transporte escolar, instalaciones de empresas en parques industriales, servicios turísticos y producciones audiovisuales, como también la financiación para la adquisición del personal docente, tanto público como privado, de equipamiento consistente en computadoras, notebooks o similares.
Que el Estado hará intermediario entre las empresas, comercios y pymes que necesiten personal y quienes se inscriban para acceder a un puesto laboral, además de ayudar a los emprendedores en esta difícil etapa marcada por la pandemia.
Que el artículo 33 de dicha ley invita a los municipios de la provincia de Mendoza a adherirse y apoyar este proyecto.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, en uso de sus facultades:
ORDENA
Artículo Nº1: Adherir a la Ley Provincial Nº 9330 “Mendoza Activa II”.
Artículo Nº2: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina”, del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 05 de octubre de 2021.
MARÍA INÉS DALLAGO MAURICIO DI CÉSARE
SECRETARIA H. C .D. PRESIDENTE H. C. D.
Cpde. Expte. Nº 2021-00165-2 H.C.D.
