
VISTO:
La Emergencia Sanitaria por COVID-19, y
CONSIDERANDO:
El Decreto Nº 434-20 del Gobierno de la Provincia de Mendoza, donde el señor Gobernador estipula un tope de sueldo para funcionarios en el mes de marzo, destinando los fondos a la compra de insumos para afrontar la pandemia COVID-19.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, en uso de sus facultades:
RESUELVE
Artículo 1°: Adherir desde el Honorable Concejo Deliberante al Decreto Provincial Nº 434-20, en donde los Ediles tendrá como tope de salario en $50.000 (pesos cincuenta mil).
Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, e insértese en el Libro de Resoluciones de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina”, del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 23 del mes de marzo de 2020.
MARÍA INÉS DALLAGO MAURICIO DI CÉSARE
SECRETARIA H. C .D. PRESIDENTE H. C. D.
