RESOLUCIÓN Nº 26-19

VISTO:

El Expediente Nº 2019-00182-1, caratulado: Bloque Raúl Alfonsín, Concejales Machín- Abate- Sánchez, presentan proyecto de Resolución: Taller cultural de recuperación de ropa,  y

 

CONSIDERANDO:

La necesidad de dar respuesta al requerimiento de indumentaria de algunas familias de Rivadavia, y por otro lado, los conocimientos sobre costura con que cuentan quienes asisten a los talleres culturales de la Municipalidad de Rivadavia.

Que es necesario mirar a la persona que tenemos al lado, ver sus necesidades y ayudar.

Que es necesario implementar un nexo entre quienes son solidarios y quienes quieren donar ropa buscando hacerlo responsable con aquellos que cuentan con las habilidades, conocimientos, herramientas de costura y deseos de colaborar.

Que la Municipalidad a través de la implementación de este nuevo taller de reciclado y reparación de ropa, estaría cumpliendo con su objetivo de dar soluciones a las familias con esta necesidad, acentuando valores como el compromiso, la solidaridad, el respeto, la sensibilidad, el servicio, la generosidad y la bondad.

Que la dedicación de las talleristas de la Municipalidad de Rivadavia a la refacción de prendas es una propuesta cultural solidaria que podrá desarrollarse en ámbitos municipales tanto de Ciudad como de los distritos del Departamento.

Que al desarrollarse en todo el Departamento donde la Municipalidad cuente con talleres de costura será un beneficio tanto para los habitantes ce Ciudad como para los habitantes de los Distritos. Será un ropero solidario federal.

Que el perfecto funcionamiento de los puntos antes mencionados garantiza a cada persona carenciada la posibilidad de recibir ropa en buen estado de manera constante ya que el ciclo es continuo.

 

POR ELLO:

El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, en uso de sus facultades:

 

RESUELVE:

Artículo 1°: Impleméntese un taller Cultural Municipal de recuperación y restauración de ropa usada en buen estado.

Artículo 2°: Impleméntese un sitio donde colocar la ropa refaccionada y donde las personas que la necesiten puedan retirarlas “Ropero Solidario Municipal”.

Artículo 3º: Organícese una colecta de ropa para poder comenzar a trabajar en los talleres.

Artículo 4º: Será autoridad de aplicación de la siguiente Resolución la Dirección de Cultura y la Dirección de Desarrollo Social y toda aquella que presente injerencia en la temática; o el organismo que en el futuro designe el Ejecutivo.

Artículo 5º: Los beneficiarios de lo dispuesto por el Artículo 2º que requieran la ropa, deberán solicitar al área social un informe que acredite su situación de vulnerabilidad social.

Artículo 6º: Difundir la actividad y su modalidad para que los vecinos puedan utilizarlo si lo necesitan.

Artículo 7º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Resoluciones de este Cuerpo.

 

Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina”, del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 27 días del mes de agosto de 2019.

 

 

               MARÍA INÉS DALLAGO                                               MAURICIO DI CÉSARE

                SECRETARIA H. C .D.                                                    PRESIDENTE  H. C. D.

 

 

 Cpde. Expte. Nº 2019-00182-1  H.C.D.

Compartir publicación: