ORDENANZA Nº 4919-18

VISTO:

El Expediente Nº 2018-00366-1, caratulado Bloque U.C.R, Concejales María José Gil, Beatriz Sánchez, presentan proyecto de Ordenanza: construcción de ciclovías en carril Florida desde Gargantini hasta Ruta Provincial Nº 71, y

 

CONSIDERANDO:

La necesidad de contar con ciclovía en tramos urbanizados en carril Florida desde Gargantini hasta Ruta Provincial Nº 71 para peatones, ciclistas y brindarle mayor seguridad, mejoras en la circulación del tránsito vehicular.

Que actualmente se ha reconstruido la ruta Carril Florida, una obra que cuenta con 16 km desde Gargantini hasta Ruta Provincial Nº 71.

Que existen registros y estadísticas relevantes de ciudadanos que perdieron la vida en el carril Florida, debido a altas velocidades que los conductores transitan por la misma o por infringir las señales de tránsito.

Que las personas que habitualmente transitan por este camino, se dirigen a sus trabajos,  Centros de Salud, niños y adolescentes a la escuela o a realizar sus actividades diarias.

Que la construcción de la ciclovía está destinada a personas de todas las edades y condiciones, como también otorgarle  seguridad a cada ciudadano.

Que la ciclovía o vía ciclista reservada es aquella que permite a sus usuarios mantener una relación satisfactoria con el resto de los conductores según la lógica del tráfico aprendida.

Que se ha hecho a menudo la distinción entre la seguridad que las vías ciclistas proporcionan a los usuarios; el sistema se ha convertido en una alternativa seria de transporte para muchos ciclistas en los distritos del Departamento, que cuentan con un espacio cómodo, seguro y rápido.  Que esta obra, generará mejoras en el tráfico de la Ruta, extendiéndose para facilitar la convivencia de las bicicletas y/o peatones con el tráfico automovilístico.

Que la construcción de las ciclovías en rutas del Departamento, principalmente construidas en tramos como es de zonas urbanizadas a Escuelas, Centros de Salud, Sum, etc., garantizará el ordenamiento peatonal y vehicular,  resguardo la vida de nuestros ciudadanos.

Que es responsabilidad del estado a través de las infraestructuras velar por la vida de los ciudadanos del departamento, en materia de seguridad y responsabilidad social.

 

POR ELLO:

El Honorable concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, en uso de sus facultades:

 

ORDENA

Artículo 1º: Ordénese la Construcción de la ciclovía del Carril Florida desde Gargantini hasta Ruta Provincial Nº 71.

Artículo 2º: Priorizar la ciclovía en tramos recurrentes  por los peatones y/o ciclistas, priorizando la obra de zonas urbanizadas hacia Escuelas, Centros de Salud y otros, para el desplazamiento seguro de los vecinos  del Departamento de Rivadavia, hasta culminar con la obra.

Artículo 3º: La mencionada ciclovía deberá construirse mediante carpeta asfáltica u hormigón elaborado, con su correcta señalización.

Artículo 4º: La misma deberá construirse según normas y técnicas estipuladas por la Dirección de Obras Públicas de este municipio.

Artículo 5º: El gasto que demande el cumplimiento de la presente deberá imputarse a la partida de Obras Públicas del presupuesto correspondiente o buscar su financiamiento por parte del estado Provincial o Nacional.

Artículo 6º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, e insértese en el Libro  de Ordenanzas de este Cuerpo.

 

Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina”, del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 20 días del mes de noviembre de 2018.

 

 

              Lic. BRUNO AMBROSINI                                       LUCIO GUTIERREZ

                  SECRETARIO H.C.D.                                            PRESIDENTE  H.C.D.

 

Cpde. Expte. Nº 2018-00366-1  H.C.D

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