ORDENANZA Nº 4971-20

VISTO:

El Expediente Nº 2020-00013-5, Expediente Municipal Nº 2020-00276-8, caratulado: Secretaría de Hacienda, eleva proyecto modificación Ordenanza Nº 4.968/19 (Tarifaria 2020),  y

 

CONSIDERANDO:

Que mediante Ordenanza Nº 4.968-19, se aprueba la Ordenanza Tarifaria 2020 de la Municipalidad de Rivadavia.

Que la citada Ordenanza ha sido promulgada por Resolución de Intendencia Nº 0022.

Que de acuerdo a lo normado en el Artículo 9º del Apartado II de la Ordenanza Nº 4.968-19, se aprueba un aumento del valor de la Unidad Tributaria Municipal (U.T.M.) para el periodo 2020.

Que no obstante resulta necesario dentro del plan de medidas de solidaridad social, suspender dicho aumento por el plazo de 180 días.

 

POR ELLO:

El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, en uso de sus facultades:

 

ORDENA

Artículo 1°: Modificase el Artículo Nº 09, del Apartado II, de la Ordenanza Tarifaria Nº 4.968-19, el que quedará redactado de la siguiente manera: Artículo 09º Apartado II: “Fijase el valor de la Unidad Tributaria Municipal en un monto de $ 6,50. Se suspende el aumento establecido por el lapso de 180 días a contar desde el 01 de enero de 2020, quedando en ese lapso el valor de la Unidad Tributaria Municipal en $ 5,00”.

 

Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.

 

 

Dada en la Sala de Sesiones “Bandera Nacional Argentina”, del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 23 días del mes de enero  de 2020.

 

 

              MARÍA INÉS DALLAGO                                          JUAN GARRIDO

                SECRETARIA H. C .D.                                  VICEPRESIDENTE  1º H. C. D.

 

 

 

Cpde. Expte. Nº 2020-00013-5  H.C.D.

Cpde. Expte. Nº 2020-00276-8  D. E.

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