Ordenanza 3668-1998

ORDENANZA Nº 3.668

VISTO
Que los sanitarios de hombre y mujeres, ubicados en el subsuelo del Edificio Municipal, están clausurados desde hace más de dos (2) años, y

CONSIDERANDO
Que tal situación no resiste ningún tipo de justificativo, teniendo en cuenta el tiempo que ya ha transcurrido desde el momento en que fueron inhabilitados tales sanitarios.
Que la demanda de uso de los mismos, no sólo se genera entre los agentes municipales que realizan sus diarias tareas en ese espacio físico del edificio, sino entre el sinnúmero de personas que concurre a hacer gestiones a las distintas Areas que allí trabajan, fundamentalmente, a la de Dirección de Acción Social.
Que estas irregularidades, además de insólitas son muy graves, sobre todo porque se producen en el seno de la Institución cuyas obligaciones entre otras están destinadas al control de la seguridad y de la higiene pública.
Que se deben preservar estos bienes vitales, no sólo, en los empleados, sino en los vecinos en general, so pena de caer en la falta de cumplimiento de las normas que por ley se establecen para estos casos.
Que el Ejecutivo Municipal tiene facultades suficientes y el deber ineludible, como para disponer de modo urgentísimo, que se proceda al acondicionamiento y habilitación de los sanitarios en cuestión.

POR ELLO
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades:

ORDENA

Artículo 1º: Exhortar al Departamento Ejecutivo de la Municipalidad de Rivadavia, a que inmediatamente tome los recaudos necesarios para que sean rehabilitados los sanitarios del subsuelo del Edificio Municipal.

Artículo 2º: Solicitar al Departamento Ejecutivo, que disponga de las medidas tendientes a que tales instalaciones puedan ser utilizadas en casos de necesidad por el público que concurre a las Areas Municipales ubicadas en esa parte del Edificio.

Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.

Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 30 días del mes de octubre de 1998.

MARCELO EDUARDO ARISTEO LUIS EDUARDO TOLOSA
SECRETARIO H.C.D. PRESIDENTE H.C.D.

Cpde. Expte. Nº 98-0767-8 H.C.D.

Compartir publicación: