Ordenanza 3708-1999

ORDENANZA Nº 3.708

VISTO
La reciente inauguración del Jardín Exclusivo María C. De Juliani, ubicado en las calles San Isidro y Manuel C. Sans de nuestra Ciudad, y

CONSIDERANDO
Que el mencionado Establecimiento Educacional está situado en una zona de la calle San Isidro, donde el tránsito vehicular es de alta densidad, fundamentalmente, durante las horas de la mañana y de la tarde, horarios en los que desarrolla sus actividades dicha Institución.
Que la realidad diaria muestra que en ese sector, el desplazamiento vehicular genera situaciones peligrosas entre quienes deben ingresar  o salir de dicha Escuela, tanto docentes como padres y, en particular, niños de muy corta edad.
Que el Municipio debe responder, de inmediato, con la señalización y demarcación viales adecuadas para proteger a esa Comunidad Educativa de posibles accidentes.

POR ELLO
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, en uso de sus facultades.

ORDENA

Artículo 1º: Solicitar al Departamento Ejecutivo que, a través del Área de Obras y Servicios Públicos proceda, en forma urgente, a la demarcación y señalización viales correspondientes en calle San Isidro, en la zona donde se ubica el Jardín Exclusivo María C. de Juliani.

Artículo 2º: El gasto que demande el cumplimiento de la presente, será imputado a la Partida Nº 51-2-04-03-0, Carteles Indicadores y Apeaderos.

Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos, e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.

Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 09 días del mes de abril de 1999.

JUAN GERARDO DEL RIO JOSE CARLOS PUEBLA
A/C  SECRETARIA H.C.D PRESIDENTE H.C.D.

Cpde. Expte. Nº 99-00211-6 H.C.D.

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