
ORDENANZA N° 3.762
VISTO:
La necesidad de aceptar el ofrecimiento de donación de superficies afectadas a prolongación de calle R. Obligado, y
CONSIDERANDO
Que la misma es parte de las afectaciones que se tramitan por Expte. Municipal de loteo 15265-5-U-98 de la Unión Vecinal Barrio Jesús Misericordioso, del Distrito El Mirador, del Departamento de Rivadavia.
POR ELLO
El Honorable Concejo Deliberante Rivadavia, Mendoza, en uso de sus facultades
ORDENA
Artículo 1°: Acéptese la donación afectada por el Señor Bienvenido Antonio Villasclara, a favor de la Municipalidad de Rivadavia consistente en el rasgo correspondiente a prolongación de calle Rafael Obligado, del Distrito el Mirador, del Departamento de Rivadavia Mendoza; inscripto en el Registro de la Propiedad Raíz como Primera Inscripción al N° 7707,fs. 817, Tomo 45 D de Rivadavia, 01-04-71, N.C. 10-03-02-0007-000022, con una superficie según mensura de título de 129,00 m2.
Artículo 2°: El donante deberá realizar las obras de urbanización de acuerdo de acuerdo a las Especificaciones Técnicas exigidas por las Oficinas Municipales correspondientes, pudiendo acoplarse a las Ordenanzas vigentes.
Artículo 3°: Por las oficinas de Obras Públicas tómese los recaudos necesarios para la apertura de calle y su libramiento al uso público.
Artículo 4°: Por las oficinas de Contaduría, Asesoría Legal y Catastro, tómese nota en los Registros respectivos y efectúese la registración traslativa de dominio en el Registro de la Propiedad Raíz y demás reparticiones intervinientes.
Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 25 del mes de febrero de 2.000.
| JULIO CESAR GOMEZ | JOSE CARLOS PUEBLA |
| SECRETARIO H.C.D. | PRESIDENTE H.C.D. |
Cpde. Expte. Nº 99-14211-9 LV