Ordenanza 3799-2000

ORDENANZA N°3.799

VISTO
El expediente N°2000-04698-3-D, caratulado Dirección de Desarrollo Social, solicita elabore convenio con Unión Vecinal La Central, y

CONSIDERANDO
Que la Unión Vecinal La Central, le sede el inmueble de su propiedad ubicado en carril Justo Estrada y Pasaje Vendimiadores del Distrito La Central, a los efectos de continuar funcionado el Jardín Maternal N°02, PATITO COLETON, S.E.O.S., a la Municipalidad de Rivadavia,  debiéndose  realizar a través de un convenio comodato con la mencionada Unión Vecinal.

POR ELLO
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, en uso de sus facultades

ORDENA

Artículo 1°: Ratifícase el Convenio obrante a fs. 3 del expediente Municipal N°2000-04698-3-D, por el cual la Unión Vecinal de La Central sede en Comodato a la Municipalidad de Rivadavia un inmueble ubicado en el carril Justo Estrada del Distrito La Central del Departamento de Rivadavia, para el funcionamiento del Jardín Maternal N°2 PATITO COLETON.

Artículo 2: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.

Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, al 27 de abril de 2000.

SILVANA RUTH FRANCESE ALDO FEDERICO MINELLI
SECRETARIA H.C.D. PRESIDENTE H.C.D.

Cpde. Expte. Nº 2000-04698-3-D D.E.

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