
ORDENANZA N°3.814
VISTO
El ofrecimiento realizado por la Sra. NIDIA MARIA ROMAN de VITALE, en el Expediente N°2.000-04861-7-R, y
CONSIDERANDO
Que se está cumpliendo expresas instrucciones testamentarias de su fallecido padre JUAN ALBERTO ROMAN, respecto a donar a la Municipalidad de Rivadavia, una fracción de terreno adjudicado en la sucesión tramitada por el Expte. N°21.012, ante el Primer Juzgado civil y comercial de la Tercera Circunscripción judicial de la Provincia, en el cual se ha construido el edificio donde actualmente funciona el Centro de Salud de La Verde, del distrito Los Campamentos, del Departamento de Rivadavia.
POR ELLO
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, en uso de sus facultades
ORDENA
Artículo 1°: Acéptese la donación de la Sra. NIDIA MARIA ROMAN DE VITALE, L.C. N°8.331.589, de un rasgo de terreno propiedad de JUAN ALBERTO ROMAN, a favor de la Municipalidad de Rivadavia, cumpliendo expresas instrucciones testamentarias de su fallecido padre JUAN ALBERTO ROMAN.Dicho terreno es adjudicado en la sucesión tramitada por el Expediente N°21.012, ante el Primer Juzgado Civil y Comercial de la Tercera Circunscripción Judicial de la Provincia de Mendoza, identificado como fracción “C” del plano N°11.779 de Rivadavia, N.C. 1099-00-0900-169326, Padrón de Rentas 19.511/10, constante de una superficie total según título de 503,61 m2 (superficie libre de 462,10 m2 y superficie afectada a ensanche de calle Florida de 41,51 m2), superficie total según mensura de 500,92 m2 (superficie libre de 459,63 m2 y superficie afectada a ensanche de calle Florida de 41,29 m2), formando parte del título inscripto en el Registro de la Propiedad Raíz como 1ra. al N°7.107, fs.301, Tomo 45D de Rivadavia, fecha 17-07-68, de acuerdo a los siguientes límites; Norte: 9,00m con Juan A. Román; Sur: 8,32m con calle Florida y 1,07m con Pedro Scerca y otros; Este: 54,87m con Roberto Sliba y otros; Oeste 47,79m y 3,45m con Pedro Scerca y otros.
Artículo 2°: Acéptese el cargo de que en dicho terreno y edificio siga funcionando el Centro de Salud La Verde.
Artículo 3°: Por oficina de Contaduría, Asesoría Legal, Obras Públicas y Catastro, tómese nota en los registros respectivos y efectúese la registración traslativa de dominio en el Registro de la Propiedad Raíz y demás reparticiones intervinientes.
Artículo 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina, del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, al 16 de junio de 2.000.
| SILVANA RUTH FRANCESE | ALDO FEDERICO MINELLI |
| SECRETARIA H.C.D. | PRESIDENTE H.C.D. |
Cpde. Expte. Nº 2000-00369-5 H.C.D.
N°2000-04861-7-R D.E.