Ordenanza 3826-2000

ORDENANZA N° 3.826

VISTO
La donación del terreno que actualmente ocupa el Centro de Salud N° 317 de La Verde (del Distrito Los Campamentos, del Departamento de Rivadavia) a la Municipalidad de Rivadavia, efectuada por la Sra. Nidia Maria Román de Vitale, según Ordenanza N° 3.814 de fecha 16 de junio de 2000, Y

CONSIDERANDO
Que la cesión del mencionado inmueble se suma a otras donaciones que la Sra. Nidia María Román de Vitale realizara al Departamento de Rivadavia: tal es el caso de la ambulancia que hoy presta servicios en el Hospital Carlos Saporitti y del aparato de rayos X que también se encuentra en dicho Nosocomio.
Que la donante manifestó su deseo de que ese centro asistencial se le impusiera el nombre de su fallecido padre, Sr. JUAN ALBERTO ROMAN.
Que es justo y propicio atender institucionalmente a esa sugerencia en tiempo y  en forma, teniendo encuenta el generoso gesto de la familia Román, y de su gran transcendencia social que la donación conlleva para la comunidad de La Verde y de sus alrededores.
Que hechos de esta naturaleza no solo deben medirse por el valor material de lo cedido al patrimonio Departamental, sino entenderse como un claro y manifiesto reconocimiento de gratitud de la Sra. Román de Vitale, que se extiende en el tiempo hacia familias del lugar que trabajaron denodadamente a la par de su Señor padre, Don JUAN ALBERTO ROMAN, destacado pionero y empresario de esa rica zona de Los Campamentos.
Que la denominación  “JUAN ALBERTO ROMAN “, que se propone para el Centro de Salud N° 317 de La Verde, significa para los actuales habitantes de esa comarca un motivo de justificados orgullo y beneplácito, que se verá plasmado en el nombre de una institución local tan cara a sus sentimientos y permanentemente necesaria para contribuir al mantenimiento de la calidad de vida de esos parroquianos.

POR ELLO
El Honorable Concejo deliberante de Rivadavia, Mendoza, en uso de sus facultades.

ORDENA

Artículo 1°: Nomínese “JUAN ALBERTO ROMAN“ , al Centro de Salud N° 317 de la localidad de La Verde, del Distrito Los campamentos del Departamento de Rivadavia.

Artículo 2°: Remítase copia de la presente al Sr. Intendente Municipal, a la Coordinadora del Área Departamental de Salud de Rivadavia y a la Sra. Nidia María Román de Vitale.

Artículo 3°: Comuniquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.

Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia , Mendoza, a los 05 dias del mes de Julio de 2000.

SILVANA RUTH FRANCESE ALDO FEDERICO MINELLI
SECRETARIA H.C.D. PRESIDENTE H.C.D.

Cpde. Expte. Nº 2000-00384-4 H.C.D.

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