Ordenanza 3840-2000

ORDENANZA N°3.840

VISTO:
Las actuaciones obrantes en el expediente N° 2000-05486-2-M  caratulado «MARlN JOSE MIGUEL, ELIMlNACION REGISTROS DE DEUDAS” Y ,

CONSIDERANDO
Que lo peticionado tiene basamento legal en el Código Fiscal de la Provincia de Mendoza, Parte General, Título I, Capítulo VI (Extinsión del débito tributario) y lo establecido en el Art. 49, que textualmente establece: «Prescriben por el transcurso de Diez (10) años las facultades de Fisco para:
a.-) Determinar las obligaciones fiscales.
b.-) Aplicar sanciones.
c.-) Acciones para el cobro de los débitos tributarios, intereses y  sanciones.
Que de acuerdo a 1o expresado el Municipio pierde e1 derecho al cobro de las Tasas por servicios por el lapso establecido en e1 art. citado.-

POR ELLO
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, en uso de sus facultades.

ORDENA

Artículo 1°: Autorízase al Departamento Ejecutivo a prescribir la deuda por Tasas a 1a Propiedad Raíz que registran: el Padrón N° 0562A, en el período comprendìdo desde 1988 hasta 1989 y del Padrón N° 0516C16 desde el año 1988 a 1989 ambos propiedad del Señor ESCALANTE, RAUL SIXTO.

Artículo 2°: Por Dirección de Rentas de la Munìcipalìdad de Rivadavia deberá recabarse la deuda que dicha propiedad posee desde el ejercicio 1990 hasta la fecha.-

Artículo 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el libro de Ordenanzas de este Cuerpo.-

Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, al 22 de agosto de 2000.-

SILVANA RUTH FRANCESE ALDO FEDERICO MINELLI
SECRETARIA H.C.D. PRESIDENTE H.C.D.

Cpde. Expte. Nº 2000-05486-2-M D.E.
Cde. Expte.N°2000-00477-6 H.C.D.

Compartir publicación: