
ORDENANZA N°3.852
VISTO
Las multas establecidas en la Ordenanza Tarifaria Municipal por no mantener limpios los lotes baldíos de la zona Urbana de la Ciudad de Rivadavia, y
CONSIDERANDO
Que en la Ordenanza N° 3753 (Tarifaria Municipal), en su artículo 80°, se afora a loteos con más de 1000 metros, con 700 U.T.M. el metro cuadrado.
Que este aforo se hace inaplicable en el caso de propiedades de grandes dimensiones, debido a que resultaría más caro la multa a cobrar que el valor real del terreno.
Que lo expresado en la Tarifaria Municipal, en lo concerniente a multas por la limpieza a lotes baldíos, el Municipio no pretende incrementar sus ingresos, simplemente dar conciencia al vecino del Departamento que debe hacerse cargo de la limpieza de su lote baldíos.
Que debido a los altos montos establecidos en multas a lotes baldíos, el Municipio nunca ejecutó el cobro por la limpieza de terrenos.
POR ELLO
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, en uso de sus facualtades.
ORDENA
Artículo 1°: Modifíquese el artículo 80° de la Ordenanza N° 3753, el cual quedará redactado de la siguiente manera: Artículo 80°: LIMPIEZA Y DESMONTE DE LOTES:
a) El titular del terreno baldío deberá efectuar bajo su cargo la limpieza y desmonte del terreno hasta 5000 m2, en un plazo no mayor a las 72 horas, en caso de superar los 5000 m2 el plazo se otorgará de hasta 10 días, a partir de la notificación En caso contrario se aplicará la siguiente multa: 1 U.T.M por cada metro cuadrado de superficie.
b) La tasa por concepto de servicio de limpieza y desmonte de terrenos baldíos, quedará fijada de la siguiente manera: 2 U.T.M. por cada metro cuadrado de superficie.
c) Para los casos establecidos en los Incisos a) y b) se aplicará la establecido en el artículo 6° de la Ordenanza Municipal N° 2859 (incumplimiento por parte del propietario).
Artículo 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina, del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia (Mza.), al 29 de setiembre de 2.000.-
| SILVANA RUTH FRANCESE | ALDO FEDERICO MINELLI |
| SECRETARIA H.C.D. | PRESIDENTE H.C.D. |
Cpde. Expte. Nº 2000-00628-4 H.C.D.