
ORDENANZA N°3.874
VISTO:
La necesidad de cumplimentar el Art. 6° de la Ley 4341, y
CONSIDERANDO:
Que la misma se refiere a las Donaciones a la Municipalidad las superficies destinadas a calles, ensanches y ochavas del loteo de ASOCIACION MUTUAL CUYO, tramitado por expte. Municipal 12- A- 84, aprobado parcialmente por Resolución Ministerial N’° 154- H-2000.
POR ELLO
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, en uso de sus facultades.
ORDENA
Artículo 1°: Acéptese la donación de los rasgos de terreno destinado a calles y ochavas, del loteo ASOCIACION MUTUAL CUYO, aprobado, en forma parcial, por Resolución Ministerial N° 154-H-2000, en los términos y con los efectos de la Ley N° 5346, ampliada y prorrogada por Ley N° 6039 y modificada por el Articulo 22° de la Ley N° 6194 y Articulo 5° del Decreto N° 61/89, inscripto en el Registro de la Propiedad Raíz como Primera al N° 18245, fojas 377, del Tomo 48-C de Rivadavia, plano archivado en la D.P.C. bajo el N° 11786 de Rivadavia, de acuerdo al siguiente detalle:
| CALLES | SUPERFICIES S/ MENSURA Y TITULO |
|---|---|
| MENDOZA | 818,01 m2 |
| YOBEN | 856,54 m2 |
| ENTRE RIOS | 1.185,85 m2 |
| RIO NEGRO | 1.013,39 m2 |
| ENSANCHE TUCUMAN | 291,50 m2 |
| OCHAVAS | 30,94 m2 |
| TOTAL | 4.196,23 m2 |
Artículo 2°: Déjese constancia que las entidades intermedias y empresas contratistas, que no hubieren cumplimentado las obligaciones emergentes de los pliegos licitatorios y contratos de obras oportunamente suscritos, quedan expresamente excluidas de los beneficios de la presente Ley, manteniéndose subsistentes y exigibles por parte del Estado y terceros afectados las obligaciones de ello surgidas (art. 2°, Ley N° 5346 ampliada y prorrogada por Ley N° 6039).
Artículo 3°: Por la oficina de Contaduría, Asesoría Legal, Obras Públicas y Catastro, tómese nota en los registros respectivos y efectúese la registración traslativa de dominio en el Registro de la Propiedad Raíz y demás reparticiones intervinientes.
Artículo 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, 09 de noviembre de 2000.-
| SILVANA RUTH FRANCESE | ALDO FEDERICO MINELLI |
| SECRETARIA H.C.D. | PRESIDENTE H.C.D. |
Cpde. Expte. Nº 2000-00713-4 H.C.D.
N°1984-12-A D.E.