
ORDENANZA N° 3.910
VISTO:
El Expte. N° 2001-00116-9, que el problema planteado en el Barrio Leopoldo Lugones del Distrito La Central y que se basa fundamentalmente en el tipo de Desagüe que este posee, Y
CONSIDERANDO:
Que es un problema de vieja data y que ocasiona inundaciones de los posos sépticos de las viviendas del mencionado barrio provocando el derrame de líquidos cloacales con el serio riesgo de enfermedades infectocontagiosas para la población.
Como así también el contante anegamiento de las calles y posterior rotura de las mismas, otro de los inconvenientes es el constante peligro que ocasiona el estancamiento del agua en la pileta ya que a su alrededor juegan niños de todas las edades con el riesgo de caer a la mencionada pileta ya que esta no desagua a ningún lugar debiendo filtrar a las capas freaticas por lo que el agua allí estanca permanece por varios días, con el agravante de que si las lluvias se intensifican en el transcurso de este tiempo el problema se agrava ha un más.
Que en la Municipalidad existe el expediente N° 98-06398-5-G caratulado Municipalidad de Rivadavia solicita proyecto de desagüe Barrio Leopoldo Lugones, del cual se desprende el estudio técnico pertinente ,permisos del Departamento General de Irrigación, Dirección Provincial de Vialidad, como asi también los presupuestos de la obra mencionada que asciende a la suma de pesos $ 13.321,48 el cual deberá actualizarse al día de la fecha por una cuestión de mercado.
POR ELLO
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades:
ORDENA
Artículo 1°: Ordénase al Departamento Ejecutivo Departamental la Construcción del Desagüe del Barrio Leopoldo Lugones del Distrito La Central.
Artículo 2°: La mencionada construcción se deberá tener en cuenta el Expediente N° 9806398-5-G caratulado Departamento Ejecutivo solicita construcción desagüe Barrio Lugones en el cual se detalla estudio técnico y computos de materiales, los cuales deberán actualizarse al día de la fecha.
Artículo 3°: El gasto que demande la presente deberá imputarse a la partida N° 5-1-2-02-0300, TRABAJOS PÚBLICOS, OBRAS DE DESAGUES, del presupuesto en vigencia.
Artículo 4°: Comuníquese al departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, al 20 de abril de 2.001.
| RUBEN DARIO GRANDO | GERARDO SORIA |
| SECRETARIO H.C.D. | PRESIDENTE H.C.D. |
Cpde. Expte. Nº 2001-00116-9-C H.C.D.