Ordenanza 3986-2002

ORDENANZA N° 3.986

VISTO
La necesidad de poder contar con accesos, que faciliten el normal traslado de las personas con discapacidades diferentes, en lugares públicos importantes de nuestra ciudad, y

CONSIDERANDO
Que este Proyecto se basa en la necesidad urgente de que los discapacitados que se trasladan por calles de nuestra Ciudad, lo puedan hacer en forma normal.
Que específicamente en la terminal de Ómnibus, Correo Argentino y Cooperativa Eléctrica Popular de Rivadavia, lugares muy  concurridos por nuestros vecinos, no cuentan con rampas para discapacitados.

POR ELLO
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, y en uso de sus facultades

ORDENA

Artículo 1°: Constrúyase a través  de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos de la Municipalidad, RAMPAS de accesos en los lugares que a continuación se detallan:

a- Costado Sur y  Oeste de la Terminal de Omnibus de Rivadavia.
b- Costado Sur y  Oeste del Correo Argentino.
c- Frente a la entrada de la Cooperativa Eléctrica Popular de Rivadavia.

Artículo 2°: Establécese el tratamiento preferencial y urgente a las obras estipuladas en la presente Ordenanza.

Artículo 3°: El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ordenanza, deberá imputarse al Presupuesto en vigencia.

Artículo 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.

Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina, del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia(Mza.), a los 18 días del mes de junio de 2002.

JULIO CESAR GOMEZ FLORINDA SEOANE
A/C SECRETARIA H.C.D. PRESIDENTA H.C.D.

Cpde. Expte. Nº 2002-00258-8 H.C.D.

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