
ORDENANZA N°4.029
VISTO
Las actuaciones del expediente N°2002-00470-9, caratulado Unión Vecinal B° Madreselvas Los Árboles, elevan pedido sobre construcción de “Gruta”, y
CONSIDERANDO
Que los integrantes de la unión Vecinal y vecinos del Barrio Las Madreselvas, del Distrito Los Árboles, solicitan autorización para construcción de una gruta en la Plaza de esa comunidad.
Que el Artículo 78° de la Ley 1079 Orgánica de Municipalidades, expresa que es facultad del H.C.D. autorizar la erección de monumentos.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades
ORDENA
Artículo 1°: Autorícese a la Unión Vecinal Barrio Las Madreselvas del Distrito Los Árboles, a realizar la construcción de una gruta que se ubicará en el espacio, propiedad de la Municipalidad de Rivadavia, de la Plaza “Mtro. Vicente Lombardo”, en un todo de acuerdo a las normas técnicas exigidas por la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, oficina de Electrotecnia.
Artículo 2°: Autorícese a la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, a efectuar la confección de planos y posterior aprobación de la obra, y a la Oficina de Electrotecnia a ejecutar la instalación eléctrica y conexión a alumbrado público, respetando las normas de seguridad vigentes.
Artículo 3°: Notifíquese a la Unión Vecinal y vecinos peticionantes de la presente Ordenanza.
Artículo 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, e insértese en el libro de Ordenanzas de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina, del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia (Mza.), a los 09 días del mes de octubre de 2002.
| MARIELA E. ABRAHAM | FLORINDA SEOANE |
| SECRETARIA H.C.D. | PRESIDENTA H.C.D. |
Cpde. Expte. Nº 2002-00470-9 H.C.D.