
ORDENANZA N°4.033
VISTO
El Proyecto de construcción del nuevo Edificio del Hospital Carlos Saporiti, y
CONSIDERANDO
Que el nuevo Proyecto contempla la intersección de calle Italia y avanzado desde calle Sargento Cabral hacia el Este, sobre el actual terreno baldío propiedad del Estado Provincial, obtenido como donación con cargo exclusivo a la construcción y/o ampliación del Hospital de Rivadavia.
Que el mayor fundamento de esta interrupción, es la seguridad que el estado debe brindar a los pacientes y en gran escala a los niños que ingresan a diario a nuestro hospital, y contar con un hospital que se encuentre dividido por calle Italia.
Que este Proyecto de Ordenanza es de imperiosa necesidad, a fin de contar con la autorización necesaria por parte de este Cuerpo Deliberativo y de esta manera iniciar la realización de los Pliegos de Condiciones y Especificaciones Técnicas, para su posterior llamado a Licitación Pública.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades
ORDENA
Artículo 1°: Interrúmpase el trazado de calle Italia, desde la intersección con calle Independencia hacia el norte en 49,93 mts, a fin de realizar la construcción del nuevo Hospital Carlos Saporiti.
Artículo 2°: La presente será de aplicación solamente, cuando el nuevo Proyecto de Construcción del Hospital Carlos Saporiti, así lo requiera.
Artículo 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, e insértese en el libro de Ordenanzas de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina, del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia (Mza.), a los 16 días del mes de octubre de 2002.
| MARIELA E. ABRAHAM | FLORINDA SEOANE |
| SECRETARIA H.C.D. | PRESIDENTA H.C.D. |
Cpde. Expte. Nº 2002-00485-7 H.C.D.
N°2002-07867-9 D.E.