
ORDENANZA N°4.036
VISTO
La obra de perforación en el Distrito Andrade (Escuela Escorihuela Gascón) y Calles Florida y Galigniana de los Campamentos (puesta en funcionamiento de perforación existente y red de agua potable), y
CONSIDERANDO
Que la situación económica del País a finales del año pasado y los meses transcurridos del presente, han provocado un importante aumento en los precios de materiales de construcción especialmente los importados, situación que es de público conocimiento.
Que el Congreso de la Nación aprobó la Ley N°25.561 por la cual en sus artículos 8°, 9° y 10°, se reglamenta los efectos de la modificación cambiaria sobre contratos en curso de ejecución relacionados con la administración pública nacional.
Que la Provincia adhirió a esta Ley Nacional con la sanción de las Leyes N°6.976 y N°7.022. Se autoriza con estas normas al Poder Ejecutivo Provincial a renegociar contratos de obra pública y servicios públicos con las empresas concesionarias.
Que estas Leyes no son de aplicación para los Municipios.
Que la Ley N°25.561 en su artículo 14° invita a las Provincias y a los Municipios a adherir a esta norma.
Que en consecuencia, atento los antecedentes nacionales y provinciales, es necesario que el Municipio apruebe una norma que permita renegociar contratos en curso de ejecución cuyos costos se han incrementado producto del aumento de precios producido por la modificación de la paridad cambiaria nacional.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades
ORDENA
Artículo 1°: Adhiérase a los artículos 8°, 9° y 10° de la Ley Nacional N°25.561, de conformidad a lo establecido en el artículo 14° de la mencionada, declarándose en consecuencia de aplicación en el Departamento de Rivadavia lo dispuesto por dicha norma.
Artículo 2°: Adhiérase a las Leyes Provinciales N°6.976 y N°7.022.
Artículo 3°: Autorízase al Departamento Ejecutivo, a renegociar en los casos que así corresponda los contratos de obra pública y servicios públicos.
Artículo 4°: El Departamento Ejecutivo deberá remitir a este Honorable Concejo Deliberante los contratos que fueren renegociados con informe de los fundamentos y criterios tomados como base para la actualización de precios, todo para conocimiento de este Cuerpo.
Artículo 5°: La presente autorización comprende las obras en ejecución de perforación y red de agua potable Escuela Escorihuela Gascón del Distrito Andrade y puesta en funcionamiento de perforación de calle Florida y Galigniana y red de agua potable.
Artículo 6°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, e insértese en el libro de Ordenanzas de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina, del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia (Mza.), a los 24 días del mes de octubre de 2002.
| MARIELA E. ABRAHAM | FLORINDA SEOANE |
| SECRETARIA H.C.D. | PRESIDENTA H.C.D. |
Cpde. Expte. Nº 2002-00521-9 H.C.D.
Acumulado N°2002-08292-9 D.E.
N°2002-07372-0 D.E.