Ordenanza 4050-2002

ORDENANZA Nº 4.050

VISTO:
Lo solicitado en expediente N°2002-5132-0 caratulado: «OFICINA DE CEMENTERIO P/AUTORIZACION OCUPAR SEPULTURA», y

CONSIDERANDO:
Que, por Expte. Municipal N° 2000-l2549-8, y 2002-00472-5 se ordenó la publicación de  edictos para citar a propietarios, responsables y herederos de personas cuyos restos  ocupan sepulturas en el Cementerio Municipal y que se encuentran en estado de abandono, morosidad o con alquileres vencidos o concesiones a perpetuidad vencidas en los cuadros N° 2 y 3.
Que, a tales efectos, y a los fines de preservar los derechos de los propietarios, responsables titulares de nichos, es conveniente publicar nuevamente edicto en diario de circulación en la Provincia por tres días alternados, con el siguiente texto: MUNICIPALIDAD DE RIVADAVIA CITA Y EMPLAZA a propietarios y responsables de sepulturas ubicadas en cuadros N° 2 y 3 del Cementerio Municipal, por el término de diez días a concurrir a Oficina de Cementerio ubicada en calle Aristóbulo Del Valle (edificio Municipal) a presentar constancia de titularidad de sepultura, boleto con constancia de último pago de alquiler o concesión a perpetuidad y abonar las tasas que se adeuden. Vencido el término sin que hubieren comparecido las personas citadas, el Municipio procederá a declarar caduca la concesión, a remitir los restos a osario común y ocupar nuevamente la sepultura.
Que, a los efectos internos de la Municipalidad y atento que se declarará la caducidad de concesiones es conveniente poner en conocimiento del H.C.D. lo actuado para su ratificación.
Que, los restos que se retiren de las sepulturas a ocuparse según las necesidades del servicio, sean resguardados en depósito municipal por un término prudencial mínimo de 30 días, a los efectos de que se produzca la presentación posterior de algún familiar y la reubicación de los restos.

POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, en uso de sus facultades:

ORDENA

Artículo 1°: Ratifícase la citación y emplazamiento dispuesto por el Departamento Ejecutivo y publicado en Diario Los Andes en fecha 16, 17 y 18 de abril de 2002 a los propietarios y/o responsables de las sepulturas ubicadas en los cuadros N° 2 y 3 del Cementerio Municipal y Resolución N° 690/02.

Artículo 2°: Declárase la caducidad de concesiones de las sepulturas ubicadas en los cuadros N° 2 y 3 del Cementerio local y cuyas personas notificadas no hayan concurrido a regularizar tal situación.

Artículo 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.

Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina, del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 27 días del mes de noviembre de 2002.

MARIELA E. ABRAHAM FLORINDA SEOANE
SECRETARIA H.C.D. PRESIDENTA H.C.D.

Cpde. Expte. Nº 2002-00495-6 H.C.D.

Compartir publicación: