Ordenanza 4054-2002

ORDENANZA Nº 4.054

VISTO:
El Expediente N° 2002-00580-5, por el cual la Cooperativa Apícola “ Miel de Oro” solicita se revea la Ordenanza N° 3.920, y agradece gestión del Honorable Concejo Deliberante, y

CONSIDERANDO:
Que en virtud de lo expresado mediante nota obrante a fs. 1 del expediente en tratamiento, por el cual el Sr. Raúl Pastor, Presidente de la Cooperativa Apícola «Miel de Oro», informa que el terreno cedido mediante Ordenanza de este Cuerpo N° 3.920/01 nunca obtuvieron la posesión de dicho predio.
Que la Entidad mencionada ha tomado la decisión de adquirir un terreno en el cual realizarán la construcción de una sala de extracción y galpón de acopio.
Que, por todo lo expuesto la Cooperativa solicita se revea la Ordenanza N° 3920/01, y se disponga el inmueble para otro fin.

POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, en uso de sus facultades :

ORDENA

Artículo 1°: Deróguese la Ordenanza N° 3.920/01, por la cual se autorizaba a la Municipalidad de Rivadavia a ceder en comodato un terreno a la Cooperativa «Miel de Oro» Ltda., del Grupo Programa Social Agropecuario.

Artículo 2°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.

Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina, del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 27 días del mes de noviembre de 2002.

MARIELA E. ABRAHAM FLORINDA SEOANE
SECRETARIA H.C.D. PRESIDENTA H.C.D.

Cpde. Expte. Nº 2002-00580-5-C H.C.D.

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