
ORDENANZA Nº 4.057
VISTO:
El expediente N°2002-10173-7-H caratulado: «Don H.C.D. remite Ordenanza N° 4.044», referido a participación del Municipio en la venta de energía eléctrica consumida en el Departamento, y
CONSIDERANDO:
Que, el Sr. Intendente Municipal, mediante Resolución N° 1.298, de fecha 28 de noviembre del corriente año, procedió a vetar la Ordenanza N° 4.044 en todos sus términos.
POR ELLO:
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, en uso de sus facultades:
ORDENA
Artículo 1°: Rechácese el veto dispuesto por el D.E. a la Ordenanza N° 4.044, mediante Resolución de Intendencia N° 1298/02 de fecha 28 de noviembre de 2002.
Artículo 2°: Ratifíquese en todas y cada una de sus partes la Ordenanza N° 4.044 de fecha 20 de noviembre de 2002.
Artículo 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina, del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 27 días del mes de noviembre de 2002.
| MARIELA E. ABRAHAM | FLORINDA SEOANE |
| SECRETARIA H.C.D. | PRESIDENTA H.C.D. |
Cpde. Expte. Nº 2002-00701-7 H.C.D.