
ORDENANZA 4.118
VISTO
El Expediente N°2003-00492-2, por el cual el Señor Valot Luis Carlos, solicita urgente habilitación Municipal, y
CONSIDERANDO
Que, la petición de referencia es en virtud de habilitar un galpón ubicado en calle Paymun N°426 de esta Ciudad, con el fin del procesamiento de productos agrícolas perecederos, con la implementación de la tecnología acorde a esta actividad, siendo que el inmueble mencionado reúne las condiciones necesarias para realizar la actividad pretendida.
Que, esta actividad se desarrolla a partir de los primeros días del mes de diciembre del corriente año y hasta los primeros días de marzo del año próximo, brindando de esta manera una fuente de trabajo importante y generadora de destinar nuestros productos al mercado interno y externo.
Que, existe legislación vigente sobre la modalidad de la habilitación de distintas actividades, y ésta es una de las cuales se encuentra sujeta a la misma (Ordenanza N°3956/01 Habilitación de Comercios e Industrias y Ordenanza N° 3869/00 Procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental), pero no es impedimento estricto de la negativa a la implementación de dicha actividad en el lugar que se pretende instalar, considerando que la misma es en calidad temporaria.
Que, esta actividad Industrial está comprendida en el Rubro I, y que por sus características bien puede ser considerada fuera de este Rubro.
Que, el informe remitido por Asesoría Legal, sugiere que se puede habilitar transitoriamente, y por el lapso que se pretende, a los efectos de no entorpecer, y cercenar la posibilidad de crear una riqueza genuina de nuestra región, otorgando de esta manera un respiro a la falta de mano de obra en nuestro Departamento.
Que, este Honorable Cuerpo, considera conveniente prestar su conformidad a la habilitación temporaria de la Industria de Clasificación de Frutas, quedando el compromiso por parte de los Señores Ediles de llevar adelante un estudio y modificación de las Legislaciones vigentes en función de reprogramar las características del caso presentado y de aquellos que puedan surgir en el futuro.
POR ELLO
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia (Mza.)
ORDENA
Artículo 1°: Autorizar al Departamento Ejecutivo, a proceder a la Habilitación Transitoria del Galpón ubicado en calle Paymun N°426, de la Ciudad de Rivadavia perteneciente al Señor Valot Luis Carlos, a partir del 01 de noviembre de 2003 y hasta el 31 de marzo de 2004, el que será destinado exclusivamente a la Clasificación y Empaque de Frutas.
Artículo 2°: La presente habilitación tendrá el carácter de permiso precario, pudiendo el municipio revocar la misma en cualquier momento.
Artículo 3°: Remítase copia de la presente Ordenanza al Señor Valot Luis Carlos.
Artículo 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina, del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia (Mza.), al 15 de octubre de 2003.
| MARCELO ARBOLEDA | JESÚS ONTIVEROS |
| SECRETARIO H.C.D. | PRESIDENTE H.C.D. |
Cpde. Expte. Nº 2003-00492-2 H.C.D