Ordenanza 4121-2003

ORDENANZA 4.121

VISTO
La importancia histórica y cultural que reviste para Rivadavia, que su Banda Municipal de Música “Blas Blotta”, cumpla cien años de vida como Institución artística, y

CONSIDERANDO
Que muy pocas veces en el devenir de los Pueblos se registran acontecimientos de tal naturaleza.
Que, desde aquellos lejanos días de 1903 en que un puñado de entusiastas inmigrantes italianos identificados con la música integran un destacado conjunto, hasta la fecha, varias generaciones de rivadavienses disfrutaron del quehacer de la renovada Banda, tanto por su presencia en efemérides y actos patrios, como por su afamadas e inolvidables retretas dominicales en la Plaza Departamental.
Que, los vaivenes políticos y económicos propios de cada época que se sucedieron a lo largo de su historia centenaria, lejos de provocar su inestabilidad o desaparición, sirvieron para fortalecerla con firme presencia institucional departamental, proyectando solidariamente su continuidad acunada por el invariable y fervoroso apoyo de una comunidad que siempre la siente como suya.
Que, la Banda Municipal de Música “Blas Blotta” es parte entrañable de este pueblo: delicia permanente de los niños; atractivo artístico y vocacional de adolescentes y jóvenes, cofre de nostalgias y añoranzas de mujeres y hombres maduros.
Que, a lo largo de su existencia, nuestra Banda no sólo logró instalarse con  gran respaldo de popularidad en Rivadavia, sino en todo el territorio provincial, a cuyos rincones más alejados suele llevar con calidad su valioso y variado pentagrama de canciones, mereciendo el reconocimiento y la alta distinción de quienes tienen la oportunidad de escucharla.
Que, es un orgullo para los rivadaviense de hoy, poder celebrar el Primer Centenario de una de sus Instituciones artísticas más caras a nuestros sentimientos.

POR ELLO
El Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia y en uso de sus facultades:

ORDENA

Artículo 1°: Declárese de Interés Histórico y Cultural Departamental el Primer Centenario de la Banda Municipal de Música “ Blas Blotta”, a realizarse el día 22 de noviembre del corriente año, en el Anfiteatro Municipal “Dr. César Plástina”, de la Ciudad de Rivadavia.

Artículo 2°: Remítase copia de la presente a la Subsecretaría de Cultura de la Provincia y al Director de la Banda Municipal de Música “Blas Blotta”.

Artículo 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.

Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina, del Honorable Concejo Deliberante de Rivadavia (Mza.), al  12 de noviembre  de 2003.

MARCELO ARBOLEDA JESÚS ONTIVEROS
SECRETARIO H.C.D. PRESIDENTE H.C.D.

Cpde. Expte. Nº 2003-13575-9 D.E.
Cpde. Expe. Nº 2003-00537-4 H.C.D.

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