
ORDENANZA N° 4.143
VISTO
El Expediente Municipal N° 2000-14842-5-H, mediante el cual, el Señor Hauille, José Luis, ofrece donación de terreno, y
CONSIDERANDO
La necesidad por parte del Municipio de aceptar el rasgo de terreno afectado para el ensanche de Calle Mariano Gómez.
Que la Dirección Provincial de Catastro ha visado, conforme a normativas vigentes, el plano de mensura, bajo el número 10-13087, el cual se encuentra adjuntado a fs. 6 del mencionado expediente.
POR ELLO
El Concejo Deliberante de Rivadavia (Mza.)
ORDENA
Artículo 1°: Acéptase la donación de José Luis Hauille, DNI. N° 13.871.918, con domicilio en calle Mariano Gómez N° 659, de la Ciudad de Rivadavia, a favor de la Municipalidad de Rivadavia, de rasgo de terreno afectado por ensanche de Calle Mariano Gómez; inscripto como parte en el Registro de la Propiedad Raíz, al N° 19.776, fs. 641, T° 49 “C” de Rivadavia, Padrón de Rentas N° 10/14972, Padrón Municipal N° 1.638-C-20, Nomenclatura Catastral 10-99-06-0503- 308151-0000, constante de una superficie según mensura y título de 95,48 m2 de acuerdo a los siguientes límites: Norte: en 6,74 metros con Cabrera Edgardo (superficie afectada a ensanche), Sur: en 6,67 metros con José J. González (superficie afectada a ensanche), Este: en 14,51 metros con el donante y Oeste: en 14,50 metros con Calle Mariano Gómez.
Artículo 2°: Notifíquese a la Dirección Provincial de Catastro y Dirección General de Rentas de la Provincia de Mendoza, Obras Sanitarias Mendoza S.A., Cooperativa Eléctrica y Anexos Popular de Rivadavia Ltda., Secretaría de Obras y Servicios Públicos, Contaduría, Asesoría Letrada y Catastro.
Artículo 3°: Por el Área de Catastro procédase a realizar la inscripción respectiva en el Registro de la Propiedad Raíz de la Provincia de Mendoza.
Artículo 4°: Previo a la inscripción registral el donante deberá cancelar la deuda que por tasas y servicios a la propiedad raíz haya generado hasta la fecha de la sanción de la presente y dar cumplimiento a lo establecido en los Incisos “d” y “e” del Artículo 11° de la Ordenanza N° 2876.
Artículo 5°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.
Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina, del Concejo Deliberante de Rivadavia (Mza.), a los 17 días del mes de marzo de 2.004.
| RUBÉN DARÍO GRANDO | FLORINDA SEOANE |
| A/C SECRETARÍA C.D. | PRESIDENTA C.D. |
Cpde. Expte. Nº 2000-14482-5-H D.E.
N° 2003-00545-7-H C.D.