Ordenanza 4158-2004

ORDENANZA N°4.158

VISTO
El Expediente Municipal N°2004-07788-5-I por el cual el señor Intendente Municipal solicita Declarar Patrimonio Cultural al predio ubicado en calles San Isidro y San Martín de nuestra Ciudad, y

CONSIDERANDO
Que la Ordenanza N° 3.880 sancionada el 29 de noviembre del año 2000 por el Concejo Deliberante de Rivadavia, mediante la cual se adhiere en todos sus términos a las Leyes de Patrimonio Cultural de la provincia de Mendoza (N° 6.034  y N° 6.133).
Que en dicha pieza legal se reconoce que en el departamento de Rivadavia deben existir acciones gubernamentales tendientes a “investigar, acrecentar, restaurar y proteger todos aquellos bienes que conforman su Patrimonio Histórico, ya sea por su valor documental y cronológico que deben ser conservados para el conocimiento y desarrollo cultural; como así también aquellos bienes trascendentales que material y/o espiritualmente reportan un interés antropológico, histórico, cultural, arqueológico, monumental, científico y tecnológico, que signifiquen un aporte para el desarrollo cultural del Departamento, cualquiera fuere su propietario a efectos de lograr su declaración como tales”.
Que, asimismo en la citada Ordenanza el Concejo Deliberante manifiesta expresamente que las Leyes Provinciales N° 6.034 y N° 6.133 representan “un gran esfuerzo por dar ímpetu a aquellos que los pueblos no deben olvidar: su pasado y su legado histórico; porque aquellos pueblos que olvidan o desconocen su pasado no pueden proyectarse hacia un auspicioso futuro”.
Que, habida cuenta del compromiso asumido en tal sentido, y visto lo normado por la Ordenanza N° 4.140/04 que dispone el traslado del “Museo Ramón Pérez Fernández” del actual edificio que ocupa en la ex Estación Rivadavia del ferrocarril a las instalaciones del ex Mercado Municipal, conlleva a disponer todas las acciones institucionales necesarias tendientes a acrecentar, restaurar, proteger y preservar tales bienes culturales.
Que, el predio de las instalaciones del ex-Mercado Municipal es un solar de añeja y rica historia rivadaviense. Consta de una superficie de 1.159 m2 y está ubicado  en la intersección de calles San Isidro (al este) y San Martín (al norte). Este inmueble pertenece al Padrón Municipal N° 500 registrado en la Escritura N° 2 de Títulos Patrimoniales del Municipio de Rivadavia. Actualmente, cuenta con una estructura edilicia que no responde a una tipología  arquitectónica de relevancia, pero resulta de profundo valor al sentimiento de los lugareños por tratarse de un espacio público que fue acompañando, como tal,  al devenir histórico e institucional de Rivadavia. Siendo Subdelegado Municipal don Juan Martínez Anzorena, el 16 de febrero de 1816 el inmueble paso a la Municipalidad de Rivadavia a través de un contrato de permuta entre la Superintendencia de Escuelas de la Provincia y aquélla. En dicho lugar funcionó hasta 1891, en una vieja y amplia casona de adobes, la Escuela Fiscal N° 1 de varones y N° 2 de mujeres (única en la Villa de San Isidro). En el mismo edificio y junto a esa Escuela funcionaba el Juzgado de Paz y la Policía. Ambas instituciones fueron, también, desalojadas para abrir la actual calle San Martín; y con lo que restaba del edificio, después de una remodelación, se destinaron sus habitaciones para oficinas de la Municipalidad, que funcionó allí hasta 1924.
Que, a pesar de que en ese año la Municipalidad se trasladó a un nuevo edificio el inmueble de calle San Isidro y San Martín siguió siendo de propiedad de la Comuna y durante décadas se destinó a Mercado Municipal. Durante más de 50 años concentró variadas actividades comerciales y sociales propias de un “mercado”: verdulería, carnicería, pescadería, frutería, despensa, panadería, café-bar, etc. Entre los años 1996-2000 funcionó en ese lugar un Mercado de las Artes.
Que, tal solar municipal constituye una rica herencia histórica para los rivadavienses, ante la que las generaciones presentes tenemos una irrenunciable  responsabilidad moral e institucional de protegerlo y preservarlo para todos los tiempos por cuanto que este Patrimonio representa el testimonio vivo de lo mejor que multitud de hombres y mujeres de todas las épocas han realizado. Y, fundamentalmente, en estos momentos en que se instalará allí, el Museo “Ramón Pérez Fernández” y se proyecta el funcionamiento de un “museo dinámico” : esto es, acompañar al mismo con el desarrollo de Talleres Culturales.

POR ELLO
El Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades establecidas por Ley:

ORDENA

Artículo 1°: Declárase Patrimonio Histórico Cultural Departamental, el predio ubicado en la intersección de calles San Isidro y San Martín dela ciudad de Rivadavia, donde se encuentra el edificio del ex Mercado Municipal.

Artículo 2°: Remítase copia de la presente a la Dirección de Patrimonio histórico-Cultural de la Provincia, a sus efectos.

Artículo 3°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.

Dada en la Sala de Sesiones del Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 23 días del mes de junio de 2.004.

RUBÉN DARÍO GRANDO FLORINDA SEOANE
A/C SECRETARIA  C.D. PRESIDENTA C.D.

Cpde. Expte. Nº 2004-00265-1 C.D.
N°2004-07788-5-I D.E.

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