Ordenanza 4177-2004

ORDENANZA N° 4.177

VISTO
El Expediente N°2004-00392-3, por el que “Vecinos del Departamento de Rivadavia proponen el nombre  Arnaldo Victorio Felici para algún Centro de Salud del Departamento”, y

CONSIDERANDO
Que, el Centro de Salud Municipal N° 316, ubicado en la Manzana “B”, Casa 31, del Barrio El Algarrobo, del distrito Mundo Nuevo, carece de nombre, por lo que la Comisión de Legislación Peticiones y Poderes y Desarrollo Económico entiende que es viable imponerle el nombre solicitado por los vecinos.
Que la propuesta efectuada tiende a perpetuar la memoria de un destacado profesional de la medicina de Rivadavia, que vio tempranamente cegado su camino de servicio a la comunidad a raíz de una enfermedad inesperada que lo postró definitivamente.
Que, Arnaldo Victorio Felici nació en el distrito La Libertad, el día 13 de agosto de 1932. Cursó  sus estudios primarios en la escuela de esa localidad y el secundario en la antigua Escuela Normal de Rivadavia, recibiéndose de Bachiller y Maestro en el año 1950. Ejerció la docencia durante dos años en La Central y luego comenzó la carrera de Médico en Córdoba en 1955, recibiéndose en 1961. Luego de realizar la especialidad de Pediatría y Cirugía, se instala en la ciudad de Rivadavia en el año 1966 desarrollando una vasta tarea como médico. También fue dirigente deportivo: ocupó la Presidencia del Sport Club Rivadavia y además, militante político. En 1978 se radica en Londres para perfeccionarse en Cirugía Toráxica y Cardiovascular. Sigue, luego trabajando en Rivadavia hasta 1982. falleció en el año 1996.

POR ELLO
El Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza y en uso de sus facultades:

ORDENA

Artículo 1°: Nomínese “ Doctor Arnaldo Victorio Felici” al Centro de Salud Municipal N°316, ubicado en la Manzana “B” Casa 31 del Barrio El Algarrobo del distrito de Mundo Nuevo de este Departamento.

Artículo 2°: Autorízase al Departamento Ejecutivo a confeccionar la placa correspondiente para ser colocada en el citado Centro de Salud.

Artículo 3°: Envíese copia de la presente al Área Departamental de Salud, al Ministerio de Desarrollo Social y Salud de la Provincia y a la doctora Ángela Morano de Felici.

Artículo 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Municipal, publíquese e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.

Dada en la Sala de Sesiones Bandea Nacional Argentina, delConcejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 18 días del mes de octubre de 2004.

RUBEN DARIO GRANDO LUIS PEDERNERA
A/C SECRETARIA C.D. VICEPRESIDENTE 1°
A/C PRESIDENCIA C.D.

Cpde. Expte. Nº 2004-00392-3

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