Ordenanza 4187-2004

ORDENANZA N° 4.187

VISTO:
El Expediente N° 2004-00066-3, caratulado Concejal MARCELO CHIUCHI, presenta Proyecto de Ordenanza , referido a Modificar el Artículo 5° de la Ordenanza N° 3.636, y

CONSIDERANDO:
Que existe un reclamo generalizado en comerciantes que expenden bebidas alcohólicas sobre el impedimento de vender las mismas después  de la hora 22:00 y hasta las 7:00 hs. del día siguiente, a las personas de mayor edad.
Que en todos los casos estos clientes, quienes también expresan su disconformidad, pretenden comprar estas bebidas para consumo en sus respectivos hogares, cuestión que no afecta la integridad , ni la moralidad pública por responder a un derecho privado de cada individuo.
Que por otro lado el espíritu de la Ordenanza N° 3.636 tiende a controlar el consumo excesivo de bebidas alcohólicas en los menores de 18 años para evitar la alteraciones de conducta que devienen  en hechos de violencia y peligro a la integridad pública.
Que la prohibición establecida actualmente a mayores de edad no produce ningún efecto sobre el exceso de alcohol que los menores padecen, siendo éste un flagelo que nuestra sociedad debe resolver desde la familia, la educación y la cultura. Lo que se pretende con esta modificación es blanquear una situación que se da, en general, de todas maneras.

POR ELLO:
El Concejo Deliberante de Rivadavia,  Mendoza  y en uso de sus facultades:

ORDENA

Artículo 1°: Modifíquese el Artículo 5° de la Ordenanza N° 3.636, el cual quedará redactado de la siguiente manera: Artículo 5°: Prohíbase el expendio al público de bebidas alcohólicas, en quioscos, minimercados, Drugstore, o comercios de actividades similares, debidamente habilitados como tales, en el horario comprendido entre las 24:00 y las  07:00 del día siguiente.

Artículo 2°: Comuniquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, dése al Registro Municipal, publíquese   e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.

Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina, del Concejo Deliberante de Rivadavia (Mza), a los 29 días del mes de noviembre de 2004.

RUBEN DARIO GRANDO FLORINDA SEOANE
A/C SECRETARIA C.D. PRESIDENTA C.D.

Cpde. Expte. Nº 2004-00066-3 C.D.
Expte N° 2003-00549-9 C.D.

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