Ordenanza 4233-2005

ORDENANZA N° 4.233

VISTO
El Expediente Municipal N° 2005-02153-6, caratulado Asesoría Letrada, eleva proyecto de Ordenanza, Reforma el convenio interjurisdiccional, Estatutos del Consorcio Público de Gestión Intermunicipal de Residuos Sólidos Urbanos de la Zona Este (COINES) y sus acumulados Expedientes N° 97-09945-1, N° 2001-05765-8, N° 2001-06962-0, N° 2002-00170-5, N° 2002-03646-1,  N° 2005-00997-8,  y 2005-02762-4, y

CONSIDERANDO
La necesidad de crear un sistema eficiente para el tratamiento de residuos urbanos de todos los departamentos de la Zona Este.
Que dicho sistema tiene por objeto buscar una solución  definitiva a esta problemática permitiendo racionalizar la recolección, transporte y disposición final de los mismos, dentro de parámetros ecológicos y con la conforme normativa provincial vigente.
Que en tal sentido ya se encuentran proyectadas obras de infraestructura, dentro de la etapa de preinversión del Plan Provincial de Residuos Sólidos Urbanos Zona Este, surgiendo la necesidad de contar con los instrumentos legales necesarios para concluir las mismas y poner en funcionamiento el sistema.
Que el Artículo 80 inc. 1 de la Ley 1.079 Orgánica de las Municipalidades otorga competencia a los H.C.D. para reglamentar y proveer las medidas necesarias para el mantenimiento de la limpieza general de los Municipios, estableciendo servicios de barrido e instrumentando un régimen integral para el tratamiento de residuos urbanos en los términos de la Ley 5.970.
Que la creación de un consorcio como persona jurídica de carácter pública en los términos de la Ley N° 6.957, con participación de los cinco Departamentos de la Zona Este, es el instrumento jurídico adecuado y necesario para el cumplimiento de los fines y objetivos propuestos detallados en los estatutos que forman parte del expediente.
Que para la creación del Consorcio es necesaria la aprobación de los estatutos por todos los Concejos Deliberantes de los miembros integrantes. Los mismos determinan los objetivos y atribuciones que poseerá el consorcio, composición, funcionamiento interno, patrimonio y recursos necesarios para el cumplimiento de sus fines – aportados por los Departamentos miembros de acuerdo a la proporción de residuos – y finalmente el procedimiento de disolución.
Que el Consorcio tendrá como autoridad un Consejo de Administración integrado por los Intendentes de los Departamentos miembros, en carácter de Consejero Titular, quienes podrán designar a un Consejero Suplente que los represente en caso de ausencia de aquellos.

POR ELLO
El Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza y en uso de sus facultades:

ORDENA

Artículo 1°: Apruébase las reformas y modificaciones introducidas al convenio interjurisdiccional y Estatutos del CONSORCIO PÚBLICO DE GESTIÓN INTERMUNICIPAL DE RESIDUOS SÓLIDOS URBANOS DE LA ZONA ESTE  (COINES),  que en copia se encuentra agregado al presente expediente.

Artículo 2°: Autorizar al Departamento Ejecutivo a firmar el nuevo convenio  con las reformas y actualizaciones implementadas, actas constitutivas y toda la documentación que sea pertinente y necesaria para la formación del Consorcio como persona jurídica en los términos de la Ley 6.957.

Artículo 3°: Autorizar al Departamento Ejecutivo a elegir y designar un Consejero Suplente en el Consejo de Administración que represente al Departamento y a un miembro titular y uno suplente para la integración de la Comisión revisora de cuentas.

Artículo 4°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos, dése Registro Municipal, publíquese e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.

Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina del Concejo Deliberante de Rivadavia , Mendoza, a los 07 días del mes de noviembre de 2005.

RUBÉN DARÍO GRANDO FLORINDA SEOANE
SECRETARIO C.D. PRESIDENTA C.D.

Cpde. Expte. Nº 2005-02153-6 D.E.
N° 2005-00360-9 C.D.

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