Ordenanza 4284-2006

ORDENANZA N°4.284

VISTO:
El Expediente Municipal N°99-12775-5, caratulado Prospitti Antonio y otros, solicita donación de terreno sin cargo, y

CONSIDERANDO:
La necesidad de derogar la Ordenanza N°4.256/2006 debido a que cuando se realizó fue con un croquis y al realizar la mensura correspondiente se detecta con el plano de mensura visado por la D.P.C. difieren medidas lineales y superficies a donar.

POR ELLO:
El Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza y en uso de sus facultades:

ORDENA

Artículo 1°: Derógase la Ordenanza N°4.256/2006.

Artículo 2°: Acéptase la Donación de Antonio Fernando Prospitti, Cuit N°23-06837614-9, María  Teresa Prospitti, Cuit N°27-01601818-5, Juan Antonio Prospitti, Cuit N°20-06859423-6 y José Pascual Prospitti (fallecido) representado por su único y universal heredero Carlos Luis Prospitti L.E. N°8.072.500, a favor de la Municipalidad de Rivadavia, del rasgo de terreno afectado por prolongación de calle Italia y ensanche de calle Lamadrid, constante de una superficie total según mensura y título de 366,25 m2, parte de: la N.C. 10-01-03-0045-000195, del padrón de Rentas 10/12084, del padrón Municipal 913 A, de la Primera inscripción en el Registro de la Propiedad Raíz al N°16.983, fojas 269, Tomo 47 B de Rivadavia, fecha 01/02/80, sin derecho de riego, de acuerdo a los siguientes límites: Facción B: Prolongación Calle Italia en una superficie según mensura y título 57,56 m2: Norte en 20,41 m con calle Italia, Sur en 20,52 m con calle Italia; Este en 2,67 m con mas terreno de los donantes, Oeste en 3,14 m con más terreno de los donantes. Fracción A: Ensanche calle Lamadrid en una superficie según mensura y título de 308,69 m2: Norte en 4,62 m con ensanche de calle Lamadrid, Sur en 4,17 m con ensanche de calle Lamadrid, Este en 72,41 m con más terreno de los donantes, Oeste en 72,28 m con calle Lamadrid.

Artículo 3°: Acéptase la Donación Antonio Fernando Prospitti, Cuit N°23-06837614-9, María Teresa Prospitti, Cuit N°27-01601818-5, Juan Antonio Prospitti, Cuit N°20-06859423-6 y José Pascual Prospitti (fallecido) representado por su único y universal heredero Carlos Luis Prospitti L.E. N°8.072.500, a favor de la Municipalidad de Rivadavia, del rasgo de terreno afectado por parte prolongación de calle 25 de Mayo, ochava y ensanche de calle Lamadrid, constante de una superficie total según mensura de 1.233.58 m2 y según título de 1.266,01 m2, parte de: la N.C. 10-01-03-0045000238, del padrón de Rentas 10/18707, del padrón Municipal 912, de la Primera inscripción en el Registro de la Propiedad Raíz al N°25.093, fojas 504, Tomo 51 B de Rivadavia, fecha 17/08/99, sin derecho de riego, de acuerdo a los siguientes límites: Prolongación Calle 25 de Mayo, superficie según mensura  1.108,59 m2 y superficie según título de 1.141,02 m2: Norte en 2 tramos 26,95 m y en 53,12 m con mas terreno de los donantes, Sur en 80,89 m con calle 25 de Mayo, Este en 12,66 m con calle 25 de Mayo, Oeste en 17,23 m con ensanche de calle Lamadrid. Ensanche Calle Lamadrid, Superficie según mensura 124,99 m2: Norte en 3,50 m con ensanche calle Lamadrid, Sur en 3,51 m con calle 25 de Mayo, Este en 36,54 m con calle 25 de Mayo y mas terreno de los donantes, Oeste en 36,54 m con calle Lamadrid.

Artículo 4°: Por Contaduría Municipal condónese la deuda existente en los padrones 912 y 913 – A,  hasta el 6to bimestre del 2006.

Artículo 5°: La Municipalidad de Rivadavia, realizará por cuenta y cargo, la limpieza del terreno, apertura de la calle y cierre olímpico.

Artículo 6°: Comuníquese que las demás obras de urbanización  son por cuenta y cargo de los donantes, de acuerdo a Ordenanzas vigentes y las prioridades que establezcan las áreas técnicas.

Artículo 7°: A través de Catastro Municipal realícese la respectiva inscripción en el Registro de la Propiedad Raíz.

Artículo 8°: Notifíquese a la Dirección Provincial de Catastro, Cooperativa Eléctrica Sub Río Tunuyán, Departamento General de Irrigación Delegación Rivadavia, Departamento Ejecutivo, Secretaría de Obras y Servicios Públicos, Contaduría, Asesoría Letrada y Catastro.

Artículo 9°: Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos, dése al Registro Municipal, Publíquese e insértese en el Libro de Ordenanzas de este cuerpo.

Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina del Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 30 días del mes de  noviembre de 2006.

RUBEN DARIO GRANDO FLORINDA SEOANE
SECRETARIO C.D. PRESIDENTA C.D.

Cpde. Expte. Nº 2006-00050-5 C.D.
N°1999-12775-5 D.E.

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