Ordenanza 4313-2007

ORDENANZA N° 4.313

VISTO
El Expediente Municipal Nº 2003-10.148-8-S, caratulado Santoni de Denier María Rosa, ofrece donación con cargo, y

CONSIDERANDO
La necesidad de aceptar la donación, de María Rosa Santoni de Denier, del rasgo de terreno afectado por la prolongación de calle Félix Bastan, identificado como callejón comunero.

POR ELLO
El Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, y en uso de sus facultades:

RESUELVE

Artículo 1º: Acéptese la donación de María Rosa Santoni de Denier, D.N.I. Nº4.115.333, Susana Beatriz Campos, D.N.I. Nº17.779.823, a favor de la Municipalidad de Rivadavia, del rasgo de terreno afectado por la prolongación de calle Félix Bastan, identificado como callejón comunero de indivisión forzosa, constante de una superficie según mensura y título de 400m2, según plano archivado en la D.P.C. bajo el Nº 11.657 de Rivadavia, inscripto en el Folio Real. Matrícula 201.808/10 de Rivadavia, 16-10-2004, N.C. 10-99-00-0400-28.4556, Padrón de Rentas 10/19.466.

Artículo 2º: La Municipalidad a través de la Secretaría de Obras y Servicios Públicos, realizará la limpieza del terreno y perfilado de las cunetas en tierra.

Artículo 3º: A través de Contaduría condónese hasta suma de PESOS UN MIL SETECIENTOS ($1.700,00), de la deuda Municipal existente en el Padrón 1.732, y el resto de la deuda deberá emplazarse a la señora María Rosa Santoni de Denier, a cancelar o a adherirse a un plan de pago.

Artículo 4º: Los donantes deberán realizar, por su propia cuenta y cargo, las obras de urbanización obligatorias sobre el rasgo donante (alumbrado público, red de agua potable, red eléctrica domiciliaria, etc.), de acuerdo a especificaciones técnicas y Ordenanzas Municipales vigentes.

Artículo 5º: El Área de Catastro deberá gestionar la respectiva inscripción en el Registro de la Propiedad Raíz.

Artículo 6º: Notifíquese a la Dirección Provincial de Catastro, Departamento General de Irrigación, Dirección General de Rentas, Obras Sanitarias Mendoza, Secretaría de Obras y Servicios Públicos, Contaduría, Asesoría Letrada, Catastro y Obras Públicas.

Artículo 7º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo, dése al Registro Municipal, Publíquese e insértese en el Libro de Ordenanzas de este Cuerpo.

Dada en la Sala de Sesiones Bandera Nacional Argentina del Concejo Deliberante de Rivadavia, Mendoza, a los 26 días del mes de junio de 2007.

RUBEN DARIO GRANDO SERGIO FABIAN MONTES
SECRETARIO C.D. VICEPRESIDENTE 1°
A/C PRESIDENCIA C.D.

Cpde. Expte. Nº 2007-00164-3 C.D.
N°2003-10148-8-S  D.E.

Compartir publicación: